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Linda, la abogada que metió en cintura a Invernorte

  • Linda Ruiz, representante de 155 víctimas del Grupo Empresarial Invernorte, es una abogada bumanguesa, graduada en la Universidad Santo Tomás. Es especializada en Derecho administrativo, procesal, tributario y concursal. Foto Cortesía.
    Linda Ruiz, representante de 155 víctimas del Grupo Empresarial Invernorte, es una abogada bumanguesa, graduada en la Universidad Santo Tomás. Es especializada en Derecho administrativo, procesal, tributario y concursal. Foto Cortesía.
04 de noviembre de 2018
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Las familias que tengan negocios de vivienda con el Grupo Empresarial Invernorte, comprometido en una presunta estafa inmobiliaria, “deben suspender los pagos, porque esa organización no puede seguir recibiendo el dinero de promesas de compraventa que no van a cumplir”.

Así lo afirmó a EL COLOMBIANO Linda Ruiz, la abogada que denunció a Invernorte ante la Superintendencia de Sociedades y cuya gestión jurídica llevó a dicha entidad a ordenarle al grupo constructor que pare, de manera inmediata, la captación masiva y habitual no autorizada de dineros del público, mediante promesas de compraventa de inmuebles destinados a vivienda.

A juicio de la jurista, esa orden, contenida en la Resolución 300-004194 del 8 de octubre de 2018, es igualmente importante porque “no van a caer más víctimas y, por esto, la Alcaldía de Medellín fue notificada de la decisión, así como la Fiscalía”. Esta última, además del presunto delito de estafa inmobiliaria, debe investigar la captación ilegal de dinero, descrita por la Supersociedades.

Con todo, lo más importante es que la determinación de la Súper implicará que los promitentes compradores serán calificados como afectados de la captación de dinero ilegal de Invernorte y, a la hora de la devolución de los recursos tendrán el mismo trato que los gastos de administración, o sea que estarán por encima de los créditos de primera clase, como la Dian, el Municipio, los trabajadores y los fondos de empleados.

“Así las cosas, esperamos una recuperación total del dinero a favor de los afectados”, expresó Linda Ruiz en entrevista concedida a EL COLOMBIANO.

¿Cómo fue su primer contacto con las víctimas del Grupo Empresarial Invernorte?

“Fue a través del señor Iván Darío Estrada, quien había comprado un apartamento en el Edificio Arizona de Invernorte. A él, una familia que representé en el 2012 en la liquidación de la constructora Edicreto, le habló de mi experiencia en temas inmobiliarios. Lo escuché y le recomendé que lo de Invernorte se debía abordar jurídicamente de forma grupal y no por promesas de compraventa individualmente consideradas. Luego de explorar los detalles del caso, realizamos en mayo de 2018 una primera reunión con un grupo de 25 personas afectadas. Desde esa fecha y hasta hoy siguen llegando afectados de la captación realizada por el Grupo Invernorte y vamos en 156 familias, con promesas de compraventa por más de $13.000 millones”.

¿Qué pruebas, sólidas, tenían estas primeras personas que acudieron a usted?

“Entre las más relevantes están: que los proyectos se encontraban sin licencia, promesas de compraventa incumplidas, inmuebles embargados sobre los que se construirían los proyectos, un desorden contable inimaginable, inmuebles vendidos dos veces e inmuebles que después de vendidos eran hipotecados y posteriormente embargados. En el caso del desorden contable, encontramos que los recibos expedidos por el Grupo Invernorte no tenían un consecutivo. Es decir, todas las 156 familias que hoy apodero tienen el recibo número uno, es decir existen 156 recibos No. 1. Las normas contables en el Grupo Invernorte no se cumplían”.

¿Cómo estructuró jurídicamente el caso para presentarlo ante la Superintendencia de Sociedades y lograr que esta entidad atendiera las peticiones de las víctimas?

“Lo presenté inicialmente como una solicitud de investigación administrativa, denunciando una posible captación de dinero a través de promesas de compraventa irregulares, sobre proyectos sin licencias.

Se aportó la publicidad engañosa ofrecida a los promitentes compradores, se comparó el valor del metro cuadrado ofrecido por el Grupo Invernorte frente a otros proyectos en el mismo sector y así se logró estructurar y argumentar las acciones que iniciaron en el mes de julio, y culminando en octubre de 2018.

Luego de esta etapa, la Superintendencia de Sociedades remite el expediente a otra área de la Superintendencia denominada Delegatura de Intervenidas. Ante esta delegatura esperamos que pronto se tomen una de dos posibles decisiones: Se ordene un plan de desmonte de la captación, esto es la devolución inmediata de los dineros a las familias afectadas con esta captación. O, en su defecto, se ordene la Intervención por captación bajo la modalidad de liquidación, esto es que se liquiden todos los activos de las personas intervenidas, naturales y jurídicas, para con estos recursos devolver el dinero a las familias afectadas”.

¿Qué ventajas, prácticas, tendría la liquidación judicial y en qué tiempo, probable, les permitiría a las víctimas comenzar a recuperar su dinero?

“La ventaja es que al ser admitido próximamente el trámite por captación por parte de la Supersociedades los promitentes compradores serán tratados jurídicamente como afectados de la captación. Esto es, con un privilegio legal, que los pone en el primer lugar para la devolución de sus dineros, por encima incluso de los créditos de primera clase, como se mencionó anteriormente. Al ser afectados por la captación no existirá diferencia en la graduación y calificación entre compradores de vivienda o compradores de oficina o locales. Esto mejora sustancialmente la posibilidad de recuperar los dineros cancelados hasta ahora por las 156 familias que represento.

Como estamos frente a una captación que se rige por el decreto 4334 de 2008, donde la función del interventor designado por la Supersociedades es iniciar de forma inmediata el plan de pagos de los dineros de los afectados, esperamos que de 10 a 15 meses después de designado el interventor se inicien las devoluciones de los dineros”.

CUIDADO, SI VAN A HACER ACUERDOS

¿En esta etapa el Grupo Empresarial Invernorte podría promover y lograr un acuerdo de pago con los clientes a los que les ha incumplido hasta el momento?

“Más que un acuerdo de pago con los compradores, lo que puede hacer Invernorte es presentar un plan de desmonte de la captación ante la Supersociedades, que implique el cumplimiento de los contratos de promesa suscritos, o la devolución de los dineros, o las dos. Dicho plan debe ser aprobado por el Juez del Concurso, quien a su vez vigila el cumplimiento del mismo”.

¿Usted les recomendaría a sus clientes que acogieran esa conciliación con Invernorte?

“Mi recomendación a los afectados es: Primero, un plan de desmonte, si es que el Grupo Invernorte lo presenta ante la Superintendencia, y hacerse parte del mismo.

Segundo, si no hay plan de desmonte presentar oportuna y técnicamente las reclamaciones ante la Superintendencia de Sociedades para asegurar el reconocimiento de sus derechos.

Tercero, esperar el plan de pagos que tiene previsto precisamente el decreto 4334 de 2008.

Cuarto, para los que solo les falta la escritura de sus inmuebles, esperar la liquidación para que de conformidad con el artículo 51 de la ley 1116 soliciten la escrituración de sus inmuebles.

En cuando a los “acuerdos”, hasta ahora no he visto ni leído ninguna propuesta seria de un posible acuerdo por parte del Grupo Invernorte. Desde el pasado mes de julio me anunciaron que nos presentarían una propuesta, pero a la fecha no la hemos recibido. Por tanto, no creo en un posible acuerdo. Creo más en los escenarios jurídicos previstos ante la Superintendencia de Sociedades donde ya se nos están abriendo las puertas precisamente para la recuperación de los dineros por parte de los afectados”.

En caso de que algunas víctimas quieran llegar a una conciliación directa con Invernorte, ¿qué deberían tener en cuenta para proteger adecuadamente sus patrimonios?

“Si les van a devolver los dineros, exigir un pago total a la firma del acuerdo. De no ser así, corren el riesgo de quedar con un acuerdo incumplido frente a una eventual liquidación judicial, con sus implicaciones al momento de la graduación y calificación de créditos.

Si el acuerdo es que les van a escriturar los inmuebles, verificar que no estén hipotecados o embargados al momento de escriturar. Igualmente verificar si el edificio está o no terminado o al menos el porcentaje de avance de la obra. Igualmente, cotizar el costo que tendría terminar las obras de forma directa.

Deben tener en cuenta que la ley 1116 de 2006 nos habla de un período de sospecha, que nos obliga a analizar todos los acuerdos suscritos antes de la resolución mediante la cual la Supersociedades designe el interventor en este proceso de captación. Esto significa, que todos los acuerdos serán revisados para evitar simulaciones o posibles fraudes que afecten a los promitentes compradores y demás acreedores”.

¿Qué esperan sus clientes, y usted misma, de la Fiscalía, ente acusador al que la propia Supersociedades remitió copia de la decisión de suspender las captaciones ilegales de dinero de Invernorte en sus compraventas de vivienda?

“Esperamos varias cosas, entre otras: en primer lugar, que la investigación penal se adelante por captación de dinero en concurso con otros delitos más. Segundo, que se tomen las medidas propias del proceso penal de forma más ágil y eficaz. Y tercero, que compartan pruebas tanto la Fiscalía como la Superintendencia de Sociedades para tener pronto justicia para estas familias”.

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