La defensa de Aníbal Gaviria Correa perdió una nueva batalla jurídica en su intento por lograr la libertad del político, procesado por la supuesta comisión de irregularidades en la contratación pública, durante su primer mandato en la Gobernación de Antioquia.
En una decisión tomada el pasado viernes, y conocida este lunes, la Corte Suprema de Justicia negó en segunda instancia otra solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento, por lo que Gaviria continuará el juicio bajo la figura de la detención domiciliaria, la cual le impide retomar sus funciones como gobernador.
Vale la pena recordar que él está judicializado desde el año pasado y será juzgado por presuntas inconsistencias en los anticipos financieros de la contratación para las obras de la Troncal de la Paz (2004-05), una vía que conecta al Nordeste con el Bajo Cauca, y puntualmente por los arreglos en el tramo La Cruzada (Remedios) - Caucasia.
En esta oportunidad, de acuerdo con la información conocida de forma preliminar, su equipo de abogados invocó ante el alto tribunal un concepto jurídico del nuevo Código Penal (Ley 906 de 2004), según el cual la Fiscalía no puede revocarle la libertad a una persona que ya la había recuperado producto de un vencimiento de términos.
Es importante indicar que el actual expediente se rige por el antiguo Código Penal (Ley 600 del 2000), en el que el ente acusador sí tiene esas prerrogativas, por lo que la defensa buscaba en el fondo un cambio en la implementación del código, invocando criterios de favorabilidad y porque “la libertad personal es un derecho fundamental compatible con ambos ordenamientos”, según el fallo.