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El salvavidas de la Corte a la pensional

Si bien, la Corte lanzó este salvavidas falta un tramo en la Cámara, donde cualquier cosa podría ocurrir. Que le quieran colgar más artículos, o modificar los que deben aprobar, o negarlos.

hace 10 horas
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  • El salvavidas de la Corte a la pensional

El limbo en el que había quedado la reforma pensional del gobierno Petro por fin comenzó a despejarse en parte con la decisión de la Corte Constitucional que le dio vía libre a la columna vertebral del articulado. No obstante, la Corte resolvió solo dos de las demandas, pero en realidad hay muchas más para fallar de fondo.

Nunca un proyecto de ley había generado tanta incertidumbre. Y es que más de dos años después de haber sido aprobado por el Congreso su suerte no estaba sellada. La última palabra sobre su constitucionalidad y entrada en vigor había quedado en manos del alto tribunal, que se tomó casi 24 meses para definir su futuro. La pensional es uno de los pocos legados que deja el gobierno de izquierda porque implica un cambio radical en el sistema que viene rigiendo desde hace más de 30 años cuando se aprobó la Ley 100, que puso a competir a la estatal Colpensiones y los fondos privados por los afiliados.

Con la decisión la Corte le lanza un salvavidas al proyecto porque dejó en firme cerca del 90% del articulado. La esencia, que es el sistema de pilares, quedó en pie con lo cual se acaba la competencia entre los fondos privados y Colpensiones. La reforma establece cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario. El cambio es drástico teniendo en cuenta que todos los trabajadores y afiliados al sistema con ingresos hasta por 2,3 salarios mínimos, un poco más de cuatro millones de pesos mensuales, quedarán obligatoriamente afiliados en Colpensiones. Para los que devenguen más de este monto, el remanente o diferencia se cotizará en los fondos privados.

Hasta el momento los trabajadores podían elegir si cotizaban en un fondo privado o en el de prima media, que administra Colpensiones. El cambio implica que no se seguirán subsidiando las pensiones altas, como ocurre actualmente pero sí se subsidiarán las de menores ingresos, razón por la cual los expertos llaman la atención sobre la bomba pensional que, en lugar de desinflarse, seguirá creciendo.

También quedó en firme el régimen de transición para las mujeres que tengan 750 semanas cotizadas y los hombres con 900 semanas, así como los traslados de cerca de 150.000 afiliados de los fondos privados de pensiones a Colpensiones y viceversa, conocida como la ventana de oportunidad, cuyo plazo venció el pasado 16 de julio.

Sin embargo, la plenaria de la Cámara tendrá que volver a debatir nueve artículos entre los que se encuentran el manejo del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo que administrará el Banco de la República, las menores semanas de cotización para las mujeres por cada hijo nacido vivo o adoptado y el trato diferencial en materia de requisitos pensionales para las comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinas, que podrían abrirle otro boquete a las finanzas públicas porque es el presupuesto de la nación el que está financiando las mesadas de Colpensiones.

Si bien, la Corte lanzó este salvavidas todavía falta un tramo final en la Cámara, donde cualquier cosa podría ocurrir. Por ejemplo, que le quieran colgar más artículos, o modificar sustancialmente los que deben aprobar, o incluso negarlos. Cabe señalar que luego de ser aprobada por la plenaria de la Cámara en junio de 2024 y de ser sancionada un mes después por el presidente Petro, la reforma pasó a estudio de la Corte en octubre de ese año. El alto tribunal comenzó a analizar las más de 40 demandas que se presentaron en ese momento, entre ellas las del senador fallecido Miguel Uribe y Paloma Valencia, quienes denunciaron vicios de trámite porque la Cámara votó en bloque y sin discusión todo el articulado aprobado por la plenaria del Senado.

En junio de 2025 la Corte devolvió el proyecto a la Cámara para que aprobara nuevamente el texto y solucionara los vicios de trámite. En una sesión extraordinaria, la Cámara aprobó el texto incurriendo en el mismo error, es decir, votando el articulado en bloque sin ninguna discusión. Ojalá, por tercera ocasión, no pase lo mismo y se ponga punto final a la nueva reforma pensional que debería comenzar a regir a partir del primero de abril de 2027.

Lo cierto es que pase lo que pase, más temprano que tarde el país debe volver a hablar de pensiones y de temas controvertidos que no les gustan a muchos pero que están en el debate mundial, como el aumento en la edad de pensión -Colombia tiene una de las edades de jubilación más bajas de América Latina-, el monto de pensión que se le reconoce a una persona y el aumento en el porcentaje de cotización, que hoy es del 16%.

Otro punto central del debate debería ser el aumento de la cobertura porque sólo uno de cada cuatro trabajadores termina con el beneficio de una pensión.

La inmensa mayoría de colombianos no sueñan con una pensión bien sea porque no alcanzan a cotizar las semanas suficientes o porque están en la informalidad, que se mantiene en 55% de la población. Ahí no hay reformas pensionales que valgan.

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