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El cuidado de los páramos

La adquisición de predios busca fortalecer su conservación, pero debe hacerse teniendo en cuenta a quienes los habitan, tratando de evitar su desplazamiento.

02 de febrero de 2019
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Infográfico
El cuidado de los páramos

El anuncio de la Gobernación de Antioquia sobre el programa para comprar los predios privados que se encuentran en los seis ecosistemas paramunos del departamento genera esperanzas sobre la protección de las llamadas fábricas de agua, pero también algunas dudas.

Antioquia cuenta con los páramos Farallones de Citará, Cerro Plateado, Alto de San José, Cuchilla de Las Alegrías, Santa Inés, Frontino, Sonsón y Las Baldías, un área de 54.036 hectáreas en las que desde tiempos remotos habitan numerosas familias.

La Ordenanza 53 de 2018 facultó a la Gobernación para adquirir los predios y proteger con mayor énfasis las fuentes de agua.

En estos ecosistemas, que por su composición retienen el agua y la liberan de a poco, nacen ríos y quebradas que calman la sed de no pocas poblaciones. Del Santa Inés, por ejemplo, se desprenden fuentes que suministran 65 % del agua del Valle de Aburrá.

La intención de adquirir predios es sana, y debería limitarse solo a aquellos de mayor importancia estratégica en caso de que no sea posible la conservación con los propietarios actuales.

Por eso la Ley 1930 de 2018, o ley de páramos, permite el pago por servicios ambientales, mecanismo que sería de mucha utilidad para mantener en los páramos a quienes los habitan, mientras se convierten en guardianes de estas vitales áreas.

La iniciativa Banco2, surgida de Cornare y extendida a varios departamentos, es un esquema ideal en este caso.

Una vez delimitados los páramos, debe establecerse el plan de manejo de cada uno por parte de las autoridades regionales. Sin ellos resulta contraproducente adquirir predios a particulares, pues no se tiene clara la sectorización ni las actividades que deben priorizarse y las que se deben desestimular o prohibir. La ley no permite la minería, pero sí una agricultura que esté acorde con el lugar, sin que se extienda la frontera.

Permite además el ecoturismo controlado, que es otra alternativa para esos pobladores, para lo cual se necesita ese plan de manejo y la reglamentación de la actividad.

La legislación tiene muy presentes a los habitantes ya asentados, que deben tener un trato preferencial y brindárseles alternativas en programas de conversión y sustitución de usos prohibidas por la ley, en caso de ser así.

Estas personas deben ser tenidas en cuenta en la elaboración de los planes de manejo y para adquirir sus tierras se debe contar con el saneamiento predial por parte de la autoridad catastral, además de la valoración ambiental del grado de conservación. Es decir, reconocerles la protección que han mantenido.

La intención de proteger estos ecosistemas estratégicos es plausible y necesaria y ojalá se concrete siguiendo los lineamientos legales, valorando el aporte que han hecho quienes han vivido en ellos desde tiempos lejanos y controlando esas actividades que son nocivas como la ganadería en cualquier forma.

Y hasta donde sea posible, evitando el desplazamiento de los campesinos. Sería conveniente que se convirtieran en vigías y promotores de los páramos, tan frágiles pero tan importantes por la diversidad de servicios que ofrecen a la región y sus habitantes.

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