La Procuraduría General de la Nación (PGN) informó este martes que profirió pliego de cargos y suspendió provisionalmente por tres meses al superintendente de Subsidio Familiar, Luis Guillermo Pérez Casas.
Esto, dijo la entidad, debido a las modificaciones realizadas a la lista de elegibles para los cargos de director administrativo y agentes interventores de las cajas de compensación.
“La suspensión provisional y el primer cargo se fundamentaron en que Pérez Casas habría modificado, sin justificación constitucional, legal o reglamentaria, la lista de elegibles mediante la variación de los requisitos inicialmente exigidos, con lo que fueron incluidas personas que no habían participado en la convocatoria realizada en mayo de 2022 o que no cumplían los requisitos mínimos para integrarla”, explicó la entidad.
La decisión del Ministerio Público llega en un momento en que, por ejemplo, la Supersubsidio tiene intervenida a Comfenalco Antioquia, hecho que causa preocupación en un amplio sector del departamento.
Para varias personas cercanas al proceso y a la caja es inexplicable la drástica decisión del suspendido superintendente Luis Guillermo Pérez, quien no solo se hizo con el control de la empresa por medio de una medida cautelar, removiendo al director Jorge Alejandro Gómez, sino que retiró a todo el consejo directivo en el que hay miembros destacados del empresariado paisa y representantes de los trabajadores de renombradas empresas afiliadas.
En este sentido, hay que decir que en el caso conocido este martes, la PGN consideró que “el superintendente habría desconocido los principios de igualdad, legalidad, moralidad, entre otros, dado que disminuyó los requisitos exigidos en la convocatoria original con la finalidad de incluir nuevos aspirantes en la lista de elegibles, que era definitiva, obligatoria e inmodificable”.
Vale mencionar que el órgano de control también profirió en contra de Pérez un segundo cargo disciplinario por solicitar a las cajas vigiladas un aporte en dinero para la población de Buenaventura, Valle del Cauca.
“Independientemente del fin altruista, el funcionario no podía solicitar a las cajas vigiladas contribuciones distintas a las legalmente ordenadas por ley, es decir, para la administración de los recursos parafiscales con los que se financia el Sistema del Subsidio Familiar, el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social y el Sistema General de Seguridad Social en Salud”, apuntó la PGN.