La plataforma de intermediación y servicios a domicilio Rappi explicó los alcances de las investigaciones que en su contra anunció ayer la Superintendencia de Sociedades, y enfatizó en que estas no está relacionada con el desarrollo de “operaciones sospechosas”, como se mencionó en medios de comunicación.
La empresa precisó que el pasado 19 de abril recibió visita y una solicitud de información de parte de la Supersociedades como parte de las visitas administrativas que realiza esta entidad a las compañías sometidas a su vigilancia. “Esta fue atendida de manera rigurosa y en ella se suministró toda la información solicitada por dicha autoridad”, anotó en un comunicado.
Igualmente, se añadió que como resultado de esta visita, la superintendencia solicitó a Rappi dos cosas puntuales: El nombramiento de un oficial de cumplimiento principal y suplente, y la implementación de ajustes a la matriz del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sagrilaft) y del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (Ptee) que estaba vigente para dicho momento. “Estas medidas fueron implementadas de manera efectiva por parte de Rappi, dentro del término otorgado por la autoridad”, se lee en la nota.
Sobre el pliego de cargos que se conoció a comienzos de esta semana, fue enviado por la Supersociedades el pasado 13 de julio. “Es importante aclarar que antes de la recepción del pliego de cargos, ya se había nombrado a un oficial de cumplimiento principal y suplente, y se habían realizado los ajustes solicitados por la autoridad a las matrices”, aseguró Rappi.
La empresa mencionó que presentará respuesta al pliego de cargos dentro del término legal establecido. “Aclaramos y somos enfáticos en anotar que esta investigación no está relacionada con el desarrollo de operaciones sospechosas. Esta investigación se relaciona única y exclusivamente con los dos puntos anteriormente mencionados”, insistió la compañía, al señalar que “para nosotros la transparencia y el cumplimiento normativo no solo es una política corporativa, sino un valor que aplicamos con rigor en cada proceso organizacional”.
En esa línea, Rappi destacó que desde el pasado mes de mayo contrató a un equipo experto en cumplimiento regulatorio integrado por especialistas en la materia, el cual se dedica exclusivamente a garantizar que cada proceso, procedimiento y transacción se realice acatando todas las obligaciones legales y normativas.
También ha implementado procesos de auditoría interna y externa con el más alto estándar de calidad en los cuales se verifica, continuamente, el cumplimiento de las obligaciones legales y normativas.
Al dar a conocer las investigaciones, la Superintendencia de Sociedades invocó las facultades previstas en el numeral 3° del artículo 86 de la Ley 222 de 1995, que modificó el Libro II del Código de Comercio y expide un nuevo régimen de procesos concursales. Según esa normativa la superintendencia puede imponer sanciones o multas, sucesivas o no, hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales, cualquiera sea el caso, a quienes incumplan sus órdenes, la ley o los estatutos.
La Supersociedades mencionó que las actuaciones administrativas contra Rappi obedecen a la presunta responsabilidad de la compañía por el aparente incumplimiento de las disposiciones establecidas en el Capítulo X y del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica, relativas al régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM (posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir una persona natural o jurídica, al ser utilizada para cometer los delitos de lavado de activos, financiación del terrorismo o de la proliferación de armas de destrucción masiva.) y Reporte de Operaciones Sospechosas y la obligación de la cabal implementación de un Ptee, respectivamente.
Sobre el particular, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, sostuvo que “en el marco de la política de supervisión de la entidad, de las disposiciones de la Ley Mercantil y las recomendaciones de las organizaciones y entes intergubernamentales, seguimos con el compromiso de verificar el cumplimiento de las directrices en materia del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral, en aras de prevenir consecuencias negativas para la economía del país y para las compañías, que puedan traducirse en riesgos operacionales, legales, reputacionales y de contagio”.