x

Pico y Placa Medellín

viernes

0 y 6 

0 y 6

Pico y Placa Medellín

jueves

1 y 7 

1 y 7

Pico y Placa Medellín

miercoles

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

martes

2 y 8  

2 y 8

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

3 y 4  

3 y 4

Las bases de una justicia para los militares

  • Las bases de una justicia para los militares | La Justicia Penal Militar se ocupa de delitos cometidos en actos de servicio. FOTO ARCHIVO
    Las bases de una justicia para los militares | La Justicia Penal Militar se ocupa de delitos cometidos en actos de servicio. FOTO ARCHIVO
18 de marzo de 2012
bookmark

Las "zonas grises" que existen en materia de juzgamiento de militares podrían tornarse en "blancas" con la reforma que pretende adelantar el Gobierno sobre Justicia Penal Militar y cuyo proyecto radicó el viernes pasado ante el Congreso.

La iniciativa, a juicio del titular de la cartera de Defensa, Juan Carlos Pinzón , "va a servir para aclarar muchas de las zonas grises que por años han existido en materia de fuero penal militar y justicia penal militar".

Las reformas contemplan modificaciones en tres artículos de la Constitución: 116, 152 y 221, a fin de establecer los límites dentro de los cuales se mueva la jurisdicción penal ordinaria y la penal militar.

Al justificar la iniciativa, el Gobierno señala que la competencia para delimitar las investigaciones dentro de cada una de estas justicias se basó en la descripción de una lista de delitos que podrían ser tratados tanto por la ordinaria como por la militar.

En ese orden de ideas, en caso de que sea aprobada la propuesta del Gobierno, al artículo 221 de la Carta Magna se le agregaría un inciso que precisaría que "en ningún caso la Justicia Penal Militar conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abusos sexuales, actos de terror contra la población civil y reclutamiento o uso de menores".

Se deduce, por ende, que aquellos miembros de la Fuerza Pública que incurran en infracciones al Derecho Internacional Humanitario, DIH, serán llevados ante una corte marcial o un tribunal militar.

A juicio del director de la Defensoría Militar, Jean Carlo Mejía , la propuesta corresponde a lo que sucede en Colombia.

"Por primera vez le prestan atención a una comisión que, con toda seriedad y responsabilidad, hizo un articulado sustentado en el DIH y que, además, solventa el tema con la reforma constitucional", indicó Mejía y agregó que esta propuesta la esperaban los integrantes de la Fuerza Pública para operar amparados bajo una normativa jurídica que los cobijara.

El comentario deja entrever una percepción de que la tropa no actuaba ante el temor a una investigación que se pudiera derivar de su accionar en terreno.

Al respecto, el excomandante de las Fuerzas Militares, general (r) Jorge Enrique Mora Rangel señala que "quién quiere ganar una guerra, si por ganar esa guerra se va para la cárcel".

¿Un militar en la JPM?
Según la actual legislación, cada vez que hay una operación militar en la que se presenta una muerte de inmediato se genera lo que se conoce como noticia criminal con la que se activa una investigación criminal y de allí se produce lo que se ha considerado como un efecto negativo al interior de la tropa.

"Es necesario, entonces, un mecanismo que permita distinguir los casos donde no hay duda sobre la legitimidad de una operación, de sus resultados y aquellos donde, por la existencia de dudas sobre las circunstancias y de indicios de conductas delictivas, hay mérito para iniciar una investigación penal tendiente a establecer si se cometió algún delito en el marco de la operación", dice uno de los argumentos del proyecto de acto legislativo.

Bajo la luz de esta explicación llega la propuesta de crear una comisión, cuya tarea sea la de establecer, en el mínimo tiempo posible, si hay necesidad de abrir una investigación.

La intención es que el artículo 221 de la Constitución tenga un inciso en el que se describiría que "si en desarrollo de una acción, operación o procedimiento de la Fuerza Pública, ocurre algún hecho que pueda ser punible y existe duda sobre la jurisdicción competente, una comisión mixta integrada por representantes de las dos jurisdicciones, constatará inmediatamente lo sucedido y remitirá la actuación a la que corresponda".

Para el senador Manuel Virgüez , la necesidad de fortalecer la Justicia Penal Militar está ligada a la inseguridad jurídica en la que operan los soldados por lo que considera que esta rezagada a las exigencias propias de Colombia.

"Yo celebro que se esté gestionando este proyecto en aras de garantizar la seguridad jurídica para los cerca de 400 mil integrantes de la Fuerza Pública", sostuvo Virgüez quien destacó que el debate que ha girado en torno a esta materia ha sido más de fondo económico y político que propiamente jurídico.

Asimismo, dijo que desde el Congreso buscará que se dé una autonomía administrativa que le garantice a la institución castrense que habrá una administración de justicia. De allí que proponga un cambio en la dirección de la Justicia Penal Militar.

"Debe nombrarse de director un general, de dos o tres soles, que tenga especializaciones, que sea abogado y que tenga la autonomía administrativa, es decir, que tenga la potestad de nombrar los jueces, magistrados, de jueces de instancia, entre otros funcionarios judiciales que, en lo posible, no estén al interior del Ministerio de Defensa", explicó.

Por su parte, el exmagistrado Carlos Gaviria consideró como "inútil" la presentación del proyecto y, a su juicio, tal iniciativa obedecería a presiones por parte de algún sector de las Fuerzas Armadas.

"Me parece que tal como está diseñado el fuero militar en la Constitución y en la doctrina muy reiterada de la Corte está bien. Modificar la Constitución en este aspecto sería un atraso. En Europa hay países donde ya la jurisdicción penal militar no existe, porque los militares son juzgados por la justicia ordinaria", dijo el experto constitucionalista.

Tribunal de garantías
Otro de los puntos que se advierten en el texto está relacionado con la creación de una especie de tribunal de garantías cuya función será la de velar porque a aquellos militares que se vean involucrados en algún proceso investigativo se les conceda el debido proceso.

Tal tribunal estará integrado por un número impar de magistrados, elegidos por los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional. Los magistrados deberán ser especialistas en Derecho Constitucional, Derecho Penal o Derecho Internacional Humanitario. Pero el documento también da pie para que los miembros de la Fuerza Pública en retiro puedan formar parte de esta comisión.

Sostiene Jean Carlo Mejía que había una desventaja ya que tal garantía hasta ahora se menciona. "Colombia es un país en guerra, con normas para la paz", puntualizó.

¿Buscando trabajo?
Crea y registra tu hoja de vida.

Te puede interesar

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD