La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) fijó la tasa vigente para el trimestre julio – septiembre del interés moratorio para impuestos en 32,27 por ciento.
Se da una disminución de 0,61 por ciento frente a la del periodo anterior (32,88 por ciento).
La nueva tasa se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por la Dian. Así mismo, regirá para devoluciones según lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario.
La Dian recordó que los intereses de mora se liquidan con la tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Como el plazo para acogerse a los beneficios de la Ley de Cartera 1175 terminó, la Entidad hizo un llamado para que los contribuyentes se acerquen a los puntos de ConTacto y fijen un acuerdo de pago.