x

Pico y Placa Medellín

viernes

0 y 6 

0 y 6

Pico y Placa Medellín

jueves

1 y 7 

1 y 7

Pico y Placa Medellín

miercoles

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

martes

2 y 8  

2 y 8

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

3 y 4  

3 y 4

Condenan a Édgar Perea a pagar 150 millones de pesos

El Juzgado Sexto de Barranquilla también dispuso una pena de prisión de 33 meses por haber transmitido un partido de la Serie Mundial de Béisbol del 2004. El abogado del locutor dice que su defendido actuó de acuerdo con la Constitución colombiana.

  • Condenan a Édgar Perea a pagar 150 millones de pesos | Archivo | Édgar Perea y su defensa interpondrán el recurso de reposición.
    Condenan a Édgar Perea a pagar 150 millones de pesos | Archivo | Édgar Perea y su defensa interpondrán el recurso de reposición.
11 de enero de 2012
bookmark

Por haber transmitido sin autorización un partido de la Serie Mundial de Béisbol de 2004 entre las novenas de Los Cardenales de San Luis y Medias Rojas de Boston, el  juzgado sexto penal del circuito de Barranquilla ordenó el pago, por parte de Perea, de 150 millones de pesos como multa, y además dispuso una pena de 33 meses de prisión al locutor.

Según el fallo, Perea Arias fue condenado por defraudación de los derechos de autor, al transmitir por la Emisora Mar Caribe el 2 de diciembre del 2004 el partido de la final del Béisbol de Estados Unidos entre Los Cardenales de San Luis, donde militaba en ese entonces Édgar Rentería, y los Medias Rojas de Boston, donde actuaba el también colombiano Orlando Cabrera.

La demanda en ese entonces fue interpuesta por RCN Radio, concretamente por Rubén Darío García, quien gerencia la emisora de la cadena en la capital del Atlántico. La misma alegó que lo hacía porque habían adquiridos los derechos de la transmisión de los partidos de la Serie Mundial de manera exclusiva para Colombia y Perea Arias, violó ese derecho haciéndolo por su propia Emisora.

A esta decisión del Juzgado Sexto de Barranquilla le cabe el recurso de reposición, por lo que desde ya el apoderado del locutor, Neil Medina López, manifestó algunos argumentos en los que su defendido actuó de acuerdo a la Constitución de Colombia.

El profesional del derecho argumentó que no sabía cuál ha sido el sustento del juez. "No conozco el texto, pero mi defensa se basó en el derecho de todos los colombianos a informar". Y que eso lo expresa el artículo 75 de la Constitución Colombiana, que faculta al Estado para que intervenga con el fin de establecer el pluralismo informativo.

Medina López manifestó que Édgar Perea estaba en su pleno derecho de transmitir porque un negocio de empresa privada no puede estar por encima de la Constitución de Colombiana.
 
Indicó además, que la apelación que presentará ante el Tribunal Superior de Barranquilla y allí estará sustentando con argumentos que van en el sentido de que la explotación de este tipo de eventos no puede circunscribirse al contrato entre dos entidades privadas que en el caso de la serie Mundial de Béisbol fueron RCN Radio y Baseball Televisión Inc. que comercializaba internacionalmente los derechos de transmisión.

¿Buscando trabajo?
Crea y registra tu hoja de vida.

Te puede interesar

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD