Uno de los mayores retos que enfrentan los recién graduados es ingresar al mercado laboral, especialmente cuando carecen de experiencia laboral en su campo de estudio. Las empresas, debido a la alta competencia y el dinamismo del mercado, suelen inclinarse por candidatos con más trayectoria. Esta situación ha afectado especialmente a los jóvenes, los más propensos a enfrentar el desempleo.
Sin embargo, desde 2021, el panorama para estos profesionales ha mejorado significativamente gracias al Decreto 616 del Ministerio del Trabajo. Este decreto permite que los recién egresados de la universidad puedan validar sus prácticas profesionales, que son un requisito fundamental para obtener su título, como experiencia laboral.
Esto significa que las actividades realizadas durante sus estudios, siempre que estén relacionadas con su profesión o disciplina académica, podrán ser certificadas y contadas como experiencia laboral válida.
La implementación de esta norma pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado laboral, brindándoles una mayor competitividad en un entorno desfavorable.
Según el decreto, diversas formas de experiencia formativa, como prácticas laborales, pasantías, judicaturas, monitorías, contratos laborales, contratos de prestación de servicios y la participación en grupos de investigación, serán consideradas como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido esté directamente relacionado con el programa académico cursado.
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¿Deben incluirse las prácticas profesionales en la hoja de vida?
El Decreto 616 es claro al respecto: los empleadores del sector privado están obligados a reconocer como experiencia profesional válida la que esté contemplada en la certificación de equivalencia de experiencia profesional previa. Esto implica que, para los procesos de postulación y selección de vacantes, los empleadores deberán dar plena validez a la experiencia que los recién graduados hayan adquirido durante sus prácticas o actividades formativas.
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¿Cómo se certifica la experiencia profesional?
Para que las actividades formativas puedan ser reconocidas como experiencia laboral, se deben cumplir ciertos requisitos de certificación.
La entidad donde se realizó la actividad formativa debe emitir una certificación que incluya nombre e identificación de las partes, fecha de inicio y terminación, actividades realizadas, horario de trabajo, y modalidad de vinculación o contratación.
La institución educativa a la que estaba adscrito el estudiante verificará esta certificación para confirmar que:
- La persona que solicita la certificación era estudiante en la fecha en que se realizó la actividad.
- Las actividades certificadas están directamente relacionadas con el programa académico cursado.
- El estudiante ha finalizado su programa académico o se ha graduado.
La institución educativa emitirá una certificación de experiencia profesional previa, que deberá incluir los mismos detalles mencionados anteriormente.
En el caso de las monitorías, la institución educativa también emitirá la certificación de equivalencia de experiencia profesional previa, siempre que la actividad realizada esté directamente relacionada con el programa académico o formativo del estudiante.
¿Las prácticas profesionales deben ser pagas?
Aunque muchas personas asumen que todas las prácticas profesionales reciben algún tipo de remuneración, lo cierto es que en Colombia no existe una obligación legal para que las empresas paguen a los estudiantes. Estas prácticas, en su mayoría, hacen parte del plan académico y son un requisito indispensable para obtener el título profesional.
A pesar de ello, el Gobierno Nacional ha promovido el reconocimiento económico de los practicantes como una forma de valorar su aporte al entorno laboral. En ese sentido, la Resolución 3546 de 2018, expedida por el Ministerio de Trabajo, establece que el estudiante y la organización pueden acordar el pago de un auxilio de práctica, cuyo monto no debe ser inferior al 100 % del salario mínimo legal mensual vigente.
Por otro lado, hay aspectos que sí son obligatorios sin importar si hay o no remuneración. Toda persona en práctica debe contar con afiliación a salud y riesgos laborales (ARL). En especial, la cobertura por riesgos profesionales es una responsabilidad que debe asumir directamente la empresa que recibe al practicante.
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Para finalizar, pese a la implementación de esta normativa, aún las juventudes siguen padeciendo la precariedad del panorama laboral colombiano, pues de acuerdo con datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) la desocupación juvenil se ubicó en 17,1 %, para los trimestres de enero a marzo de 2025, registrando una reducción de 2,9 puntos porcentuales, con respecto a ese mismo lapso del año anterior, pero registrando aún una brecha importante en este grupo.