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Tenga en cuenta estas medidas para el día de las elecciones

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22 de mayo de 2018
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El Ministerio del Interior emitió el decreto 847 de 2018 en el que se dictan normas para la conservación del orden público durante la jornada electoral del próximo 27 de mayo, en la que los colombianos decidirán quién será el nuevo presidente de la República.

Entre los artículos aprobados en el decreto está el de la prohibición del uso de cámaras y celulares en los puestos de votación durante la jornada electoral (entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.). En este caso, están exentos los medios de comunicación que estén acreditados por la Registraduría.

Ley seca: el decreto obliga a los alcaldes a “prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes” desde las 6:00 p.m. del día sábado 26 de mayo, hasta las 6:00 a.m. del lunes 28 de mayo. En caso de una segunda vuelta, la ley seca iniciará desde las 6:00 p.m. del sábado 16 de junio y terminará a las 6:00 a.m. del lunes 18 de junio.

Porte de armas: Las autoridades militares tendrán la autoridad para suspender los permisos del porte de armas de fuego en todo el territorio nacional desde el viernes 25 de mayo hasta el miércoles 30 de mayo. Si hay necesidad de segunda vuelta, la restricción empezará de nuevo desde el viernes 15 de junio hasta el miércoles 20 de junio.

En este punto, el Gobierno aclara que las autoridades podrían ampliar los términos de la restricción del porte de armas “de conformidad con lo decidido en los consejos departamentales de seguridad”.

Transito de vehículos: según el decreto, tanto alcaldes como gobernadores tienen la libertad de restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones y motocicletas (incluyendo parrillero), “durante el tiempo que se estime conveniente con el objeto de prevenir posibles alteraciones al orden público”.

Toque de queda: En este punto, también se le dará libertad a mandatarios regionales y locales para decretar el toque de queda en sus poblaciones por el tiempo que consideren necesario y acorde con lo recomendado en los consejos de seguridad.

Transporte: Aclara el Gobierno que los sistemas masivos de transporte y las empresas de transporte público que tengan rutas, frecuencias u horarios autorizados en las áreas urbanas, veredales e intermunicipales, “están obligados a prestar servicio público con mínimo el 80% de su parque automotor el día de elecciones y solo podrán cobrar tarifas autorizadas por la autoridad competente”.

Cierre de frontera: Se ordenará el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados en frontera. Esto regirá en el lapso comprendido entre las 00:00 horas del 26 de mayo hasta las 4:00 p.m. del 27 de mayo. De darse una segunda vuelta, el cierre se realizará nuevamente a partir de las 00:00 horas del 16 de junio hasta las 4:00 p.m. del 17 de junio.

En la frontera con Venezuela, el Gobierno decretó que el cierre se dará a partir de las 00:00 horas del 24 de mayo hasta las 00:00 horas del 28 de mayo. En caso de segunda vuelta el cierre se dará entre 00:00 horas del 14 de junio, hasta las 00:00 horas del 18 de junio.

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