En ese sentido, la alta corte identificó que “el desarrollo de la mesa estaba desconociendo la revisión de la insuficiencia, los rezagos de los años anteriores y los parámetros” que le indicó en el Auto 007 de 2025, expedido en enero de este año.
Así mismo, que observó “falencias en la convocatoria y desarrollo de las sesiones de trabajo, que podrían afectar el principio de participación efectiva en salud”, lo cual está afectando la participación de los actores del sector en este espacio.
Así las cosas, la Corte Constitucional estima que la Resolución 370 de 2025, expedida por el Ministerio de Salud para llevar a cabo esta mesa, no atiende a los parámetros que le dio para ese fin y que, además, pone en riesgo la sostenibilidad financiera del sistema y el principio de participación, “lo que deriva en la vulneración del derecho”.
Por esto, esa corporación judicial adoptó una medida cautelar con la que suspendió temporalmente “el desarrollo de la mesa hasta tanto se ajuste a los parámetros establecidos en dicha decisión”. Con esta decisión, busca “evitar decisiones regresivas y asegurar que la política pública en salud se construya con base en principios técnicos, financieros y democráticos sólidos”.
La Corte dijo que si las sesiones de la mesa técnica habían culminado (así pasó), el ministerio deben reiniciarlas conforme a los parámetros que se plantean. De manera que la mesa técnica deberá iniciarlas de nuevo.
Esta determinación la tomó la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que está integrada por los magistrados José Fernando Reyes Cuartas (como presidente), Miguel Polo Rosero y Vladimir Fernández Andrade, quien salvó su voto (no acompañó la decisión).
Para leer más noticias sobre política, paz, salud, judicial y actualidad, visite la sección Colombia de EL COLOMBIANO.