Lo anterior, teniendo en cuenta que personas como Gustavo Bolívar, del Pacto Histórico, y Catherine Juvinao, con quien Jota Pe comparte colectividad, aseguró que esto solo sería posible a partir de 2026.
“Sí es posible hacerlo en este periodo”, dijo Hernández en la plenaria del Senado, pero no a través de una reforma constitucional –acto legislativo– sino con una reforma orgánica. Eso significa que el proyecto no necesitaría ocho, sino cuatro debates para aprobarse.
Puntualmente, el proyecto de Hernández propone agregar un parágrafo al artículo 8 de la Ley 4 de 1992, en el que actualmente dice que el Gobierno deberá decidir la asignación mensual de los miembros del Congreso. El parágrafo que propone añadir el senador dice que ese valor mensual solo podrá componerse de la asignación básica y gastos de representación. Este será de 25 salarios mínimos legales vigentes, es decir, 25 millones de pesos para el año en que entrara a regir la ley, si fuese aprobada tal cual.
Entonces, propone modificar otros puntos de esa ley, eliminando los gastos de salud, primas de localización, vivienda y transporte para la rama legislativa.
Y agrega la prohibición del otorgamiento de cualquier “monto, prima emolumento o reconocimiento económico permanente u ocasional” adicional al del nuevo parágrafo que busca incluir en el artículo 8.
Entonces, propone eliminar la dependencia de los salarios de la Nación con respecto al Congreso. Es decir, modificar el artículo 5 de esa ley en el que dice que ningún funcionario –excepto por el Presidente, el cuerpo diplomático y el personal del Ministerio de Defensa en una comisión exterior– podrá ganar más al año que los miembros del Congreso. Hernández busca que ese salario no dependa más del de los legisladores.
Lo mismo pasa con el artículo 15, que se refiere en el mismo sentido al de los integrantes de las altas cortes, la Fiscalía, la Defensoría y la Registraduría, y Jota Pe pide desligarlos del salario de los congresistas.
Todo esto, si la ley pasara como está redactado el proyecto, le implicaría al Gobierno –según el articulado– tener que reglamentarla en máximos seis meses.