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¿Hasta dónde pueden los gobernantes limitar las libertades?

  • Medidas de seguridad y de control sanitario tomadas en el barrio Santa Cruz de Medellín por incremento de contagios del coronavirus Covid 19. Foto: Juan Antonio Sánchez Ocampo
    Medidas de seguridad y de control sanitario tomadas en el barrio Santa Cruz de Medellín por incremento de contagios del coronavirus Covid 19. Foto: Juan Antonio Sánchez Ocampo
07 de junio de 2020
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Tras más de dos meses de estar en aislamiento obligatorio por la pandemia del Covid-19, en el país se empiezan a levantar voces, desde distintas orillas, que claman el retorno de las libertades ciudadanas.

Por un lado, se ha consolidado un movimiento que se ha denominado ‘Revolución de las canas’, que busca que no sea obligatorio mantener a los mayores de 70 años en aislamiento; por otro frente también se está pidiendo que los gobiernos no se extralimiten en la exigencia de datos personales; y las protestas por el derecho a trabajar, la falta de alimentación, así como de rechazo a restricciones de movilidad, no paran.

Frente a este tipo de situaciones, recientemente, en una reunión virtual con el presidente Iván Duque, el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, señaló que los países deben seguir acumulando buenas prácticas para fortalecer las dinámicas de salud de la población hemisférica, pero sin dejar de lado la necesidad de hacer vigilancia a las democracias.

“Las democracias no pueden mantenerse en cuarentena, los derechos tienen que mantenerse vigentes a pesar de la excepcionalidad y esto se hace, obviamente, en el marco de un Estado de derecho democrático. Hay que trabajar todavía con más fuerza, con más firmeza los temas de transparencia, de lucha contra la corrupción y de generar espacios de soluciones”, dijo Almagro.

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En Colombia, con un Congreso que aún no termina de adaptarse a la virtualidad, la justicia trabajando a media máquina, un presidente con ‘superpoderes’ producto de la emergencia y unos mandatarios locales con fuero para actuar de manera independiente, algunos sectores advierten que no se podrían estar cumpliendo a cabalidad estas recomendaciones hechas por Almagro y por otros organismos internacionales.

Sin embargo, la Corte Constitucional ha venido revisando los decretos con fuerza de ley que ha expedido el presidente Iván Duque en los estados de emergencia económica, social y ecológica que ha decretado, y se espera que una vez termine el aislamiento preventivo obligatorio decretado hasta el próximo primero de julio, haya un retorno paulatino de la movilidad ciudadana.

El constitucionalista Juan Manuel Charry señala que la Constitución colombiana es clara frente a los estados de excepción, que si bien es una herramienta que puede utilizarse en medio de situaciones no previsibles, no permite la suspensión de las libertades individuales, pero sí algunas limitaciones.

Según Charry, la decisión de mantener a la población en aislamiento la tomó el país basándose en la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), pero esta ha traído consigo impactos en la economía y ha limitado los derechos de la ciudadanía, empezando por la libertad de locomoción, al trabajo y a la recreación. Sin embargo, agrega que se parte del hecho de que la medida se tomó para evitar que el contagio por el Covid-19 se extienda rápido.

“Para decidir si las medidas tomadas en Colombia violan o no los derechos, se debe evaluar la proporcionalidad de la medida. Es un juicio de ponderación. Se debe determinar si el aislamiento por tres meses es razonable o proporcional para la gravedad del hecho”, señala Charry.

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El experto agrega que las reflexiones alrededor de la democracia en el país tienen que apuntarse al funcionamiento de los órganos del poder, a que haya un equilibrio y que estos colaboren de forma armónica. En cuanto al Congreso, indica que es acertado que funcione de manera virtual, pero que los congresistas lo han venido haciendo de forma tímida, debido a que temen que la Corte Constitucional invalide esta modalidad.

La preocupación, manifiesta Charry, es que la Rama Judicial está funcionando a ‘media máquina’, que pese a tener los términos congelados, está produciendo un atraso en las reclamaciones actuales de justicia. “Hay que buscar la forma de que funcione para que se pueda ejercer el control que le corresponde”, apunta.

David Andrés Murillo, abogado y profesor de la Universidad Libre, agrega que lo que le inquieta del contexto que está atravesando el país es que por falta de ausencia en el control político no haya una vigilancia profunda sobre el Ejecutivo, que se podría estar excediendo en la expedición de decretos que no guardan relación con la pandemia del Covid-19 y que afectaría acciones en materia de trabajo o pensión.

Esto se debe, de acuerdo con Murillo, a que por la excepción que le otorga la emergencia el Presidente podría estar haciendo un uso excesivo de las facultades, llegando, incluso, a anular los derechos administrativos. “Podemos decir que Colombia tiene un alto riesgo de caer en un uso excesivo del poder en el Ejecutivo y de que se llegue a un Estado menos democrático”, indica.

Alfredo Beltrán, exmagistrado de la Corte Constitucional, señala que este exceso de poder que temen desde distintos sectores es regulado por la Corte, que es la encargada de hacer la revisión automática de los decretos expedidos por el Presidente en medio de la emergencia económica, social y ecológica. Sin embargo, advierte que las libertades de las personas no pueden ser limitadas por actos administrativos, debido a que ahí sí se crearía una concentración en el Ejecutivo, que derivaría en una monocracia, en vez de una democracia.

“Nadie se va a oponer a que se dicten medias para controlar la pandemia, pero en el mundo entero hay un llamado a que se respeten los derechos individuales. La regla general es la de la libertad personal, la capacidad de autodeterminación de la conducta. Esa capacidad queda restringida si la ley así lo autoriza, por ejemplo, dictarle a una persona medida de aseguramiento, pero porque hay código penal, pero por acto administrativo es muy difícil que eso se acompase con las libertades públicas”, indica.

En medio de estas libertades, el exmagistrado también señala que además de ellas, el derecho a la intimidad no puede ser vulnerado en medio de la pandemia, pasando por la ley de habeas data, que les da la facultad a las personas de autorizar o no que sus datos personales sean utilizados para ciertos propósitos.

Este último motivo provocó que se pusiera la lupa sobre herramientas de monitorio como ‘ConronApp’, ‘Medellín me Cuida’ y ‘Bogotá Cuidadora’, en relación al uso de los datos personales. La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, tuvo que quitar la obligatoriedad de esta como requisito de movilidad en la ciudad, debido a la polémica y un juez le ordenó al alcalde de Medellín, Daniel Quintero, modificar el tipo de información que les solicita a las personas.

El procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, aseguró que “una pandemia no puede ser el pretexto para recortar derechos y libertades fundamentales. Ese camino siempre pasa la línea de no retorno”.

“Si bien las autoridades locales tienen la competencia de restringir las libertades, como en este caso la libertad de locomoción, no pueden invadir el núcleo esencial de estas libertades ¿Qué quiere decir esto? Que tienen que hacer un ejercicio de ponderación entre sus obligaciones como autoridades públicas para cuidar la salud y la integridad. En ese ejercicio no pueden extralimitarse y pasar de la restricción a la suspensión”, indicó Murillo.

El profesor de la Universidad Libre añade que las autoridades deben ser rigurosas para que logren mantener esa armonía entre la obligación de proteger la salud, la integridad y la vida, sin que se les suspendan sus derechos o se les anulen sus libertades. En este sentido, recuerda que los mandatarios locales están subordinados a lo que a nivel nacional se realice, pero también ellos deben hacer uso de la proporcionalidad y abstenerse de hacer uso de sus facultades de manera excesiva.

Casos de adultos mayores

Uno de los sectores que ha venido alzando su voz en contra de las medidas ha sido el de los adultos mayores. Se ha insistido en que al ser una de las poblaciones más vulnerables frente al virus deben permanecer en aislamiento hasta que finalice la emergencia sanitaria, el próximo 31 de agosto. No obstante, muchos de ellos han rechazado que no se les permita decidir si quieren asumir el riesgo que se deriva de la pandemia.

Juan Manuel Charry dice en este sentido el Gobierno se ha equivocado en la argumentación relacionada con las razones por las que se ha tomado la decisión de mantener a este grupo de personas en aislamiento por mucho más tiempo.

“El Gobierno equivocadamente ha dicho que quiere proteger a los mayores de 70 y a los que tienen prexistencia, a los que tendrían mayor riesgo. Ese argumento es equivocado, porque cada cual está en la libertad de tomar o no el riesgo, incluso de su propia vida. Lo que sí no es válido es que se haga el aislamiento para evitar el contagio de la población en general”, dice Charry.

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