Una batalla perdida para Diego Cadena en la Corte Suprema. Esta vez el alto tribunal rechazó la tutela con la que el abogado del expresidente Álvaro Uribe Vélez, pretendía tumbar la sanción de tres años que le impuso la Comisión Nacional de Disciplina Judicial por sobornos a testigos.
La decisión la tomó la Sala de Casación Laboral de la Corte al estudiar la tutela en la que Cadena reclamaba protección por sus derechos fundamentales como al debido proceso, presunción de inocencia, buen nombre, intimidad y acceso a la administración de justicia.
Sin embargo, para el tribunal la sanción que se le impuso no es arbitraria ni caprichosa, como lo indicaba Cadena en su recurso, y dejó en firme que la Comisión Nacional actuó en autonomía, valiéndose de la realidad procesal al aplicar las normas y la jurisprudencia disciplinaria. Además, para los togados, la acción de tutela de Diego Cadena se basa en una inconformidad.
“Por el simple descontento del reclamante no puede el fallador de tutela dejar sin efecto la determinación válidamente adoptada por el juez natural, quien denegó las súplicas tras un análisis racional del caso”, dice el documento.
Así mismo, la Corte ratificó que se ha comprobado la manipulación de Cadena al testigo Juan Guillermo Monsalve, quien señaló al expresidente Uribe de tener nexos con grupos paramilitares.
“Lo que Diego Cadena busca es una nueva intervención judicial, para obtener la postura que sea resuelta a su favor y acorde a sus intereses y olvida que el hecho de no coincidir con el criterio de la autoridad judicial a quien la ley le asignó competencia para resolver la controversia en ningún momento invalidan su actuación y mucho menos la hace susceptible de ser modificada vía tutela”, recordó el alto tribunal que además resaltó que con un recurso de ese tipo no se puede pretender modificar los fallos judiciales porque se supone que fueron decisiones tomadas en Derecho y con todas las garantías.
Así las cosas, Cadena continúa en juicio por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal.