<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=378526515676058&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">
x
language COL arrow_drop_down

Corte Constitucional aceptó demanda contra el Ministerio de la Igualdad por su impacto fiscal

Los demandantes alegan que la creación del MinIgualdad tuvo presuntos vicios de trámite.

  • La vicepresidenta Francia Márquez, el presidente Gustavo Petro y el ministro del Interior, Alfonso Prada, durante la sanción de la ley que crea el Ministerio de la Igualdad. FOTO COLPRENSA
    La vicepresidenta Francia Márquez, el presidente Gustavo Petro y el ministro del Interior, Alfonso Prada, durante la sanción de la ley que crea el Ministerio de la Igualdad. FOTO COLPRENSA

La Corte Constitucional admitió una demanda que surgió desde el Congreso contra la Ley 2281 de 2023 con la que se creó formalmente el Ministerio de la Igualdad y la Equidad, que está previsto que quede al mano de la vicepresidenta Francia Márquez.

La demanda fue presentada por un grupo de congresistas del Centro Democrático que alega ante el alto tribunal que este nuevo ministerio que impulsó el Gobierno de Gustavo Petro fue creado, presuntamente, desconociendo el impacto fiscal que implicará.

La querella la presentaron los congresistas uribistas Paloma Valencia, María Fernanda Cabal, Paola Holguín, Andrés Guerra, Juan Espinal, entre otros, quienes reprochan que el proyecto del Gobierno no habría estimado los costos y, además, reclaman posibles vicios de trámite.

“La Corte Constitucional nos admitió la demanda que presentamos contra la Ley que creó el Ministerio de la Igualdad. La pobreza se supera con inversión social en las regiones y no con burocracia costosa e innecesaria en Bogotá”, aseguró recientemente la senadora Valencia.

En la demanda, cuya ponencia fue asumida por el magistrado por el magistrado Alejandro Linares, los congresistas señalaron que “ni el informe de ponencia para primer debate ni el articulado podían ser aprobados mediante votación ordinaria, sino que se requería de votación nominal”.

Al respecto, señalaron que se debía hacer este tipo de votación porque solo a través de esta era posible certificar que la votación cumplió con la mayoría absoluta exigida para su aprobación en el Legislativo.

Además, reclaman que ellos como oposición anunciaron que se retirarían del recinto al momento de votar el proyecto “razón por la cual era necesario realizar el llamado a lista nominal para verificar si se contaba con el quórum decisorio necesario para aprobar la iniciativa”.

Te puede interesar

Las más leídas

Regístrate al newsletter