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Animales son seres sintientes, pero se pueden comercializar: Corte Constitucional

  • Foto: Juan Antonio Sánchez Ocampo
    Foto: Juan Antonio Sánchez Ocampo
31 de agosto de 2016
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La Corte Constitucional dejó en firme varios artículos del Código Civil, que hacen relación a que los animales son bienes que se pueden comercializar, como en el caso del ganado.

El alto tribunal reiteró que, a pesar de esto, no deben ser maltratados, pues son seres sintientes y por eso hay leyes que castigan a las personas que cometen este tipo de actos con multas y detención.

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, había solicitado a la Corte no pronunciarse sobre una demanda que busca tumbar una disposición del Código Civil que califica a los animales como objetos.

En el concepto argumentaba que ni en la Constitución ni los tratados internacional establecen que los animales sean seres en igualdad de dignidad a los humanos y por consecuencia, no pueden ser titulares de derechos.

“De la Constitución Política de 1991 o de los tratados sobre protección del medio ambiente ratificados por Colombia no se desprende en forma alguna que los animales sean seres iguales en dignidad a los seres humanos y, en consecuencia, titulares de derechos”, establecía el concepto de la Procuraduría.

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