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JEP no puede estudiar violencia contra movimientos sociales: Movice

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06 de julio de 2017
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El Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) le solicitó a la Corte Constitucional que defina el alcance que tendrá la Jurisdicción Especial de Paz al indicar que el conflicto armado se ha utilizado como “fachada” para ejercer violencia en contra de movimientos sociales.

Así lo indicó la vocera del Movice, Soraya Gutiérrez, ante la Corte Constitucional en audiencia pública sobre la JEP, en donde solicitó que aclare qué se entiende por delitos cometidos en el marco y en ocasión del conflicto, que será el ámbito de competencia de la justicia especial.

“Hacer esta diferenciación es clave, toda vez que en Colombia históricamente se ha perpetrado una “violencia socio-política”, que se ha intentado encubrir y negar bajo la sombrilla del conflicto armado. Esta violencia obedece a definiciones, planes y estrategias de eliminación sistemática y generalizada contra opositores políticos, el movimiento social y popular, defensoras y defensores de Dh, con el móvil de reprimir, exterminar y desarticular procesos sociales y organizativos”, indicó.

De acuerdo con Gutiérrez, esta violencia política si bien se ha cometido en el marco y contexto del conflicto armado interno, no se encuentra en relación directa o indirecta con este pues ha sido deliberada, estratégica y sistemática en contra de defensores de derechos humanos.

“El conflicto armado se ha usado como fachada o excusa para la perpetración de esta violencia política”, señaló Gutiérrez al explicar que atribuir todos los hechos al conflicto armado reduce la responsabilidad del Estado, afecta la memoria e impide la no repetición.

“Contribuye a que la represión y la violencia socio-política se perpetúe contra las organizaciones y liderazgos y posibilita que el genocidio y la criminalización se oculten como nuevos conflictos atribuidos a las llamadas bandas criminales”, dijo.

El Movice señaló que el trato diferenciado para agentes del Estado que establece la justicia de paz no puede considerarse como un trato privilegiado y señaló que, en este caso en particular, debido al rol que tiene la Fuerza Pública, el trato deberá incluso ser más exigente.

Gutiérrez además cuestionó que a los agentes de la Fuerza Pública se les haya excluido de la obligación de reparar monetariamente a las víctimas y que se les haya habilitado para que puedan ocupar cargos públicos o ser contratistas del Estado.

La representante de víctimas cuestionó igualmente el acto legislativo aporque elevó a rango constitucional las reglas operacionales de la Fuerza Pública, “las cuales no tienen un rango legal, y muchas de las cuales han reproducido las nociones de blanco legítimo, daños colaterales, vinculación de civiles a operaciones militares entre otros aspectos que han servido de base para la perpetración de violaciones a los Dh y el DIH, como ha sido documentado en el caso de las ejecuciones extrajudiciales en la modalidad de falsos positivos”.

“Este no es un tema de entrar en una guerra jurídica como lo planteó el Fiscal General en su intervención, o persecución contra los Agentes de Estado, sino de atenernos al orden constitucional vigente en consonancia con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y al contexto de criminalidad sistemática y generalizada de estos delitos cometidos por miembros de la fuerza pública, que han sido ampliamente documentados por informes oficiales, organizaciones defensoras de derechos humanos y organismos internacionales, así como por Tribunales nacionales e internacionales”, agregó.

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