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La Colombia que surgió tras la nueva Constitución

La participación democrática se amplió, surgió la tutela y cambió la relación Estado-ciudadano.

  • Instalación de la Asamblea Constituyente el 5 de febrero de 1991. FOTO CORTESÍA: AÍDA AVELLA
    Instalación de la Asamblea Constituyente el 5 de febrero de 1991. FOTO CORTESÍA: AÍDA AVELLA
01 de junio de 2021
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Treinta años después, se sigue sintiendo el impacto de una Constitución que transformó profundamente al Estado colombiano. Incluso, con diferencias de opiniones, expertos y conocedores de la carta magna coinciden en que su promulgación le dio un nuevo aire al país.

La Asamblea Constituyente –nacida de un convulso clima social por la exacerbación de la violencia por culpa del narcotráfico y los grupos ilegales, pero también con la reciente desmovilización del M-19, que tuvo representación en la Asamblea– promulgó la nueva Constitución el 4 de julio de 1991. Fueron cinco meses continuos –desde las 11 de la mañana del 5 de febrero– de debate sobre cómo se escribiría la Constitución que reemplazaría a la que regía el país desde 1886, en la que se definía al Estado como unitario, centralista y confesional.

La Constitución de 1991 puso el foco sobre el ciudadano, en vez de sobre el Estado, y trajo consigo la creación de instituciones hoy claves como la Fiscalía y la Corte Constitucional, además de la acción de tutela –mecanismo clave para la defensa de los derechos–, y promovió la libertad de cultos, entre otros cambios.

Miembros de la Asamblea Constituyente, así como expertos consultados por EL COLOMBIANO, coinciden en que esos cambios fueron fundamentales para el país que es hoy Colombia. Sin embargo, también concuerdan en que, lejos del panorama ideal, aún falta un largo camino por recorrer para su implementación completa.

Lo que cambió

“La definición de Colombia como un Estado social de derecho es el logro más importante de la Constitución de 1991”. De esa manera, Antonio Navarro Wolff –uno de los tres presidentes de la Asamblea, junto a los ya fallecidos Álvaro Gómez Hurtado (candidato presidencial en 1974, 1986 y 1990 y asesinado en 1995) y Horacio Serpa Uribe (candidato de 1998 a 2006 y quien murió en 2020)– resume el impacto de la Constitución.

Aída Avella, una de las 4 mujeres entre 70 asambleístas, elegidos para representar a 33,7 millones de colombianos (censo de 1985, vigente para la época), resalta que la sola conformación de la Constituyente impactó al país.

“El país estaba desbordado”, recuerda. Entre 1989 y 1990 asesinaron a tres candidatos presidenciales: Luis Carlos Galán (18 de agosto de 1989), Bernardo Jaramillo (22 de marzo de 1990), Carlos Pizarro (26 de abril de 1990). En la misma elección en la que ganó César Gaviria, se materializó el movimiento de la Séptima Papeleta. Y este llevó a que el 9 de diciembre de ese año se eligiera la Constituyente.

Avella agrega que esta fue “un espacio de discusión dura, pero fraterna”. Pero también, y por la pluralidad de partidos que tuvo, significó el fin hegemonía liberal y conservadora, consolidada durante el Frente Nacional entre 1958 y 1974.

En ese sentido, Kenneth Burbano Villamarín, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, señala que “sin duda es una Constitución que salvaguarda los derechos y libertades. El pluralismo, la inclusión y la dignidad humana son sus improntas, así como los mecanismos para su protección, donde está esa magnífica creación que es la acción de tutela”.

Profundizando en esto, César Molina, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana, considera que son tres los aspectos principales a resaltar: el cambio de la relación entre el Estado y los ciudadanos, el nuevo concepto de persona y el “ensanchamiento cualitativo y cuantitativo de la democracia”, todos conectados entre sí.

Sobre el primero, señala que “con la Constitución de 1886 había una relación vertical, en la que el Estado se superponía a los intereses particulares con fundamento en el concepto de ciudadanía nacional. La de 1991 invierte esa relación y vuelve al individuo el protagonista de esa relación”. Lo anterior conllevó a “un concepto de sujeto mucho más amplio”.

Esto llevó, a juicio de Molina, “a un ensanchamiento de la democracia, desde el preámbulo y el artículo 1 de la Constitución, pues cada vez más asuntos se someten a la democracia; y cada vez más personas tienen la posibilidad de participar en el debate”.

Similar es la opinión de Antonio Carlos Barboza Vergara, profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad Eafit, quien resalta que “tuvo avances importantes en la profundización de la democracia, porque comparada la de hoy con la de 1991 hay más competencia política y más representación de la que había entonces. Aunque sea incompleta e imperfecta, gracias a la Constitución tenemos una democracia mejor”.

Prueba de ello es que se pasó de dos partidos mayoritarios y tradicionalistas a tener en el Congreso, representación de 11 partidos: Centro Democrático, Cambio Radical, Conservador, Liberal, La U, Alianza Verde, Polo, Comunes, Mira, Colombia Justas Libres y Mais, además de distintos movimientos ciudadanos.

Los pendientes

Sin embargo, y como ya se dijo, no ha sido un camino de rosas. Por eso para Barboza es válido preguntarse “si el incumplimiento se debe a la Constitución o a otros muchos factores que podrían ponerle trabas a su efectividad”. Es decir, tanto para él, como para los demás consultados para este artículo, los retos van más allá de la Constitución en sí misma.

En esa línea, Barboza hace una advertencia: “No se trata de sobrecargar a la Constitución de expectativas que no puede cumplir por sí misma. Los avances no dependen de ella, sino que requiere de leyes, decretos y programas sociales que la ejecuten. Es decir, la Constitución da el marco, pero no resuelve el problema”.

Navarro Wolff lo resume al asegurar que “ha faltado voluntad política para aplicar la Constitución plena y efectivamente, para hacer esta sociedad menos desigual y darle más oportunidades a todas las personas”.

Un factor concreto en el que para Molina hay aún retos por resolver es el de los mecanismos de participación ciudadana, que, según el artículo 103 de la Constitución: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la posibilidad de presentar iniciativas legislativas y la revocatoria del mandato.

Sin embargo, según Molina, a pesar de que son variados los mecanismos existentes, “los diseños institucionales hacen que sean torpes en su aplicación, como pasa con la revocatoria de mandatarios o la realización de consultas populares”.

Incluso, mecanismos creados por la Constitución, como la tutela, muestran algunas de esas falencias. Juan Esteban Alzate, jefe de especializaciones en Derecho de la Universidad de Medellín, señala que el hecho de que en 30 años se hayan radicado 8 millones de tutelas (Corte Constitucional) “muestra la falla estructural del Estado apra satisfacer necesidades básicas”.

¿Una nueva Constituyente?

La existencia de esos pendientes llevan a que se discuta cada tanto si es necesaria una nueva Asamblea Constituyente. Como lo han hecho congresistas del actual partido del gobierno, el Centro Democrático, como es el caso de Paloma Valencia en agosto de 2020 cuando dijo que serviría para reformar la justicia. Sin embargo, hay opiniones divididas.

Aunque cree que no se debe negar la posibilidad de discutirlo, para Kenneth Burbano “hay una constante que es creer que los problemas sociales se solucionan con reformas constitucionales y al Código Penal. Considero que no es el momento dada la gran polarización que vive el país”. Prueba de ello son las cerca de 50 reformas que se le han hecho a la Constitución en este lapso.

Y haciendo uso también de la carta de la polarización, Molina puntualiza que sería la oportunidad de “revitalizar los contenidos constitucionales como los regímenes de derechos, de mecanismos de garantías y protección y de participación ciudadana. Es el momento de hacer apuestas importantes para los diseños institucionales que la Constitución previó, pero que no se han ejecutado”.

Además, el docente de la UPB aprovecha para recordar que la de 1991 “es una Constitución de vanguardia, hija de lo que se denominó el proceso de constitucionalización de occidente, después de la II Guerra Mundial”.

Por último, Barboza se para en un punto intermedio. Indica que aunque “no soy favorable al fetichismo legal de que bastan las reformas para que la realidad cambie automáticamente”, considera que “no deberíamos bloquear el cambio. Lo que pasa es que se debe advertir desde el principio qué aspectos hay que mejorar. No hay que cerrar la puertas a esa discusión, pero se debe dar con materias específicas sobre aquello que requerimos transformar”.

En todo caso, y recordando lo dicho por el propio Barboza, es después de 30 años, cuando aún se está aplicando, que se puede ver con claridad que los cambios que trajo consigo la Constitución no eran inmediatos.

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