En los restaurantes de Granizal, los dueños filtran el agua con medias para que la tierra y los insectos no caigan en la comida. Los niños no pueden beber del grifo sin arriesgarse a un dolor de estómago. Y en sectores como Altos de Oriente, los tanques a veces aparecen vacíos, y la única opción es bajar cargando galones por calles de barro. Todo esto cuando la justicia ya ordenó, dos veces, que se les respete el derecho al agua.
Ahora, el 29 de septiembre de 2026, la Sala Séptima de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia declaró en desacato a la alcaldesa de Bello, Yulieth Lorena González Ospina, y le impuso una multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes — alrededor de 27 millones de pesos —.
La sanción deberá pagarla de su propio peculio, es decir, de su propio dinero y no de los recursos del municipio, dentro de los diez días siguientes a que la decisión quede en firme.
La razón: más de seis años después del último fallo judicial que ordenó garantizar agua potable en Granizal, y la solución estructural definitiva no existe.
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Una historia que empezó en 2015
Granizal es el asentamiento más grande de población desplazada de Antioquia y el segundo del país: cerca de 30.000 habitantes, el 65% de ellos víctimas del conflicto armado que llegaron huyendo desde distintos rincones del país.
Durante décadas, los propios habitantes construyeron un acueducto artesanal captando agua cruda del embalse Piedras Blancas, sin tratamiento ni potabilización. Entre 2007 y 2015, estudios de la Universidad de Antioquia encontraron coliformes fecales de origen animal y humano en esa agua. El agua que construyeron con sus propias manos también los estaba enfermando: diarreas, hepatitis A y cólera afectaban principalmente a los más vulnerables.
Con el respaldo de esos análisis, dos ciudadanos — Miguel Rodríguez Serrano y Lizardo Correa, con apoyo del Consultorio Jurídico de la Universidad de Antioquia — interpusieron en 2015 una acción popular, el mecanismo jurídico que cualquier ciudadano puede usar para defender derechos colectivos, como el agua.
En 2019 ganaron en el Tribunal. En 2020 ganaron en el Consejo de Estado. Los fallos ordenaron soluciones estructurales como acueducto, alcantarillado y, si no era técnicamente viable construirlos, la reubicación de la población a un lugar donde sí pudieran acceder a esos servicios. Sin embargo, a seis años después de ese último fallo, Granizal sigue recibiendo agua en carrotanques.
Lo que se hizo y lo que no se hizo
Ante el incidente de desacato, la alcaldesa González Ospina presentó su defensa argumentando que no fue negligente. Según su respuesta, demuestran acciones como la modificación el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) mediante el Acuerdo 004 del 24 de abril de 2025, que pasó sectores de Granizal de suelo rural a suelo urbano, un paso indispensable para poder construir redes formales de servicios públicos.
También señaló que realizaron más de 30 mesas técnicas con el Ministerio de Vivienda. Además, mencionan la radicación un proyecto de acueducto por $80.000 millones ante ese ministerio, del que esperan una cofinanciación de $50.000 millones. Finalmente, asegura que invirtió más de $11.380 millones de recursos propios entre 2023 y 2025 en carrotanques, brigadas de aseo y otras medidas provisionales.
El Tribunal reconoció algunas de esas actuaciones, pero lo que no se hizo pesó más: la regularización de predios, la caracterización socioeconómica actualizada de la comunidad, y sobre todo los estudios de riesgo a detalle — el análisis técnico que determina qué zonas son de riesgo no mitigable (donde habría que reubicar familias) y cuáles son mitigables (donde sí se puede construir infraestructura) —. Sin ese estudio, ni EPM puede diseñar las redes ni el municipio puede trazar el plan urbano definitivo.
El argumento definitivo para considerar el desacato fue que estos estudios cuestan entre $1.285 y $2.789 millones de pesos. El municipio de Bello tiene un presupuesto anual que supera el billón de pesos — exactamente $1.060.045.495.281 en 2026 —.
Y sin embargo, la alcaldesa no gestionó ni presupuestó esos recursos en ninguna de sus tres vigencias de gobierno: ni en 2024, ni en 2025, ni en 2026. Mientras tanto, ha gastado más de $8.046 millones solo en carrotanques — una medida provisional — sin avanzar en lo estructural.
Los tiempos que evidencian el retraso
Los plazos documentados en el Auto 618 de 2026 también son reveladores. En ocasiones pasadas, la Alcaldía de Bello ha señalado que las soluciones definitivas se han estancado por falta de inversión y concertación con el Ministerio de Vivienda.
Sin embargo, esto se aclaró. Según el documento, el Ministerio de Vivienda revisó y emitió sus observaciones técnicas al proyecto del municipio en dos meses, pero el Municipio tardó casi 19 meses en responderle.
En otros componentes de las órdenes judiciales, el municipio acumulaba retrasos de 11 meses para abril de 2026 sin haber concluido tareas pendientes. Y en junio de 2026, ante nuevos requerimientos del Ministerio de marzo de ese mismo año, Bello respondió pidiendo ampliaciones de plazo en lugar de entregar las correcciones exigidas.
El nudo interinstitucional
El caso se hace más complejo porque hay un choque de competencias frente a la solución. EPM, otra de las entidades vinculadas a la orden de la acción popular, ha dicho que no puede construir la infraestructura definitiva hasta que el municipio concluya los estudios de riesgo, defina el espacio público y complete la regularización territorial.
Pero también hay una disputa sobre quién debe operar el sistema provisional de abastecimiento pues EPM dice que no le corresponde porque no constituye un servicio público domiciliario en los términos de la ley, sino un sistema alternativo municipal, que es lo que se está proponiendo hasta ahora. Bello, sin embargo, dice que no tiene la capacidad técnica para operarlo.
Cabe destacar que EPM confirmó que asumirá el costo y la construcción de la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Granizal, y que reactivó sus diseños en 2026 tras la modificación del POT. Sin embargo, estima un cronograma de ejecución de 44 meses — 15 de ajuste de diseños, 11 de contratación y 18 de obra —. En otras palabras, si todo empieza ahora, Granizal tendría agua potable en casa en cerca de cuatro años.
En julio de 2026, el municipio arrancó un piloto. Habilitó 59 puntos humanitarios de distribución y seis plantas portátiles de potabilización instaladas a lo largo de 6.865 metros de tubería que llevan agua desde el canal Piedras Blancas hasta distintos sectores de la vereda.
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Pero la propia comunidad advierte que ese sistema ofrece apenas 10 litros por persona al día —muy por debajo del estándar del mínimo vital de 50 litros diarios que establece la ley—, y además, genera problemas constantes para poblaciones de adultos mayores o con discapacidad porque tienen que cargar galones llenos de agua para poder hacer las tareas básicas del hogar, como cocinar.
Ahora, la alcaldesa ha señalado constantemente que el municipio no cuenta con el presupuesto para solucionar la situación por su cuenta. Es por esto que han hecho hincapié en la cofinanciación del proyecto con el Ministerio de Vivienda.
La respuesta de Bello y lo que sigue
La Alcaldía de Bello anunció que hará uso de los mecanismos jurídicos disponibles — es decir, que impugnará la decisión — y que presentará sus argumentos ante el Consejo de Estado, al que el Tribunal ordenó remitir el expediente para el grado de consulta.
La consulta es un mecanismo de revisión automática que le permite al superior jerárquico — en este caso el Consejo de Estado — revisar si la sanción debe mantenerse o revocarse, y tiene tres días para decidirlo.
En su comunicado, el municipio reiteró que la solución “tiene una naturaleza interinstitucional” y que en la acción popular también están vinculados el Ministerio de Vivienda, la Gobernación de Antioquia y EPM. Señaló que entre 2023 y 2025 invirtió más de $20.000 millones de recursos propios, que distribuyó más de 140.000 metros cúbicos de agua en carrotanques desde marzo de 2023.
El Tribunal, por su parte, se abstuvo en esta providencia de sancionar a EPM, al Ministerio de Vivienda y a la Gobernación, canalizando el seguimiento de sus obligaciones hacia las audiencias periódicas de verificación del proceso.
Si el Consejo de Estado confirma la sanción, la alcaldesa González Ospina deberá pagar los 20 salarios mínimos de su propio dinero. Pero la pregunta que importa en Granizal no es esa. Es cuándo van a abrir el grifo.
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Bloque de preguntas y respuestas:
- ¿Por qué la alcaldesa de Bello debe pagar la multa de su propio dinero?
- Al tratarse de una sanción por desacato disciplinario-judicial derivada de una Acción Popular, la Ley establece que la omisión frente a los mandatos de un juez recae directamente sobre la autoridad o funcionario responsable (en este caso, la alcaldesa Yulieth Lorena González Ospina) y no sobre el erario o los fondos públicos del municipio.
- ¿Qué ha impedido que EPM construya las redes de agua en Granizal?
- EPM requiere previamente que la Alcaldía de Bello entregue la caracterización socioeconómica actualizada, la regularización de predios y, de forma indispensable, los
estudios de riesgo a detalle. Estos estudios determinan qué áreas son de riesgo mitigable (donde se puede construir infraestructura) y cuáles no. Sin ese insumo técnico municipal, no es posible trazar los diseños ni licitar las obras definitivas.
- ¿En qué consiste el sistema piloto actual y por qué la comunidad lo considera insuficiente?
- El municipio habilitó un sistema provisional con 59 puntos humanitarios y seis plantas portátiles. Sin embargo, este esquema solo aporta un promedio de
10 litros por persona al día, cifra muy distante del mínimo vital legal (50 litros diarios). Además, obliga a adultos mayores y personas vulnerables a transportar a pie galones de agua en sectores empinados y sin pavimentar.