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Reforma mal encaminada

La reforma propuesta por la procuradora al régimen disciplinario tiene dos problemas evidentes. No parece adecuarse a lo requerido por la Corte Interamericana, y pedir aumento de cargos es un verdadero desafío a la ciudadanía.

10 de abril de 2021
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Infográfico
Reforma mal encaminada

A mediados de agosto del año pasado se conoció la condena al Estado colombiano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), derivada de las actuaciones de la Procuraduría General de la Nación frente al entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, a quien destituyó en su momento por hallarlo responsable de violaciones a las normas del Código Disciplinario Único.

La Corte IDH ratificó lo que había dicho en decisiones anteriores: el Estado colombiano debe cumplir en su integridad los mandatos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. En ella se dispone (artículo 23) que los derechos políticos de los ciudadanos que son elegidos popularmente para ocupar un cargo público, únicamente podrán ser limitados o restringidos en virtud de “condena, por juez competente, en proceso penal”.

La Procuraduría es un ente de control de naturaleza administrativa, no jurisdiccional-penal. Los procuradores no son jueces, no hacen parte de la Rama Judicial. Por eso la CIDH dijo en la sentencia del caso Petro que “una sanción de inhabilitación o destitución de un funcionario público democráticamente electo por vía de autoridad administrativa y no por ‘condena, por juez competente, en proceso penal’, es contraria al artículo 23.2 de la Convención (Interamericana de Derechos Humanos) y al objeto y fin de la Convención”.

El asunto, sin embargo, ha sido complejo porque tanto la Constitución colombiana como la ley interna –en especial el Código Disciplinario Único– otorgan a la Procuraduría y a los procuradores competentes, en ejercicio de su poder y función disciplinarios, la facultad de destituir e inhabilitar a funcionarios públicos, incluidos los de elección popular, cuando luego del respectivo proceso se les acrediten violaciones a las normas legales. Esta competencia ha sido avalada en varias oportunidades por la Corte Constitucional.

Hay un evidente choque entre la legislación interna y el instrumento internacional. La Constitución colombiana dice (Art. 93) que “los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno”.

La CIDH ordenó al Estado colombiano que, “en un plazo razonable”, deberá “adecuar su ordenamiento jurídico interno a los parámetros establecidos” en esa sentencia, es decir, establecer legalmente que solo jueces, en proceso penal, pueden restringir los derechos políticos de funcionarios elegidos popularmente. Y deberá informar, el próximo agosto, qué pasos ha dado en ese sentido.

La procuradora Margarita Cabello Blanco, que tomó posesión en enero de este año, presentó la semana pasada al Congreso un proyecto de reforma del Código Disciplinario Único que, en su concepto, servirá para adecuar las normas a lo que ha solicitado –ordenado, mejor– la CIDH. No obstante, el proyecto, a primera vista, tiene dos problemas evidentes:

El primero es que otorgará facultades jurisdiccionales a los funcionarios del Ministerio Público que tramiten procesos disciplinarios. Eso ya existe en otras entidades, como la Superintendencia de Industria y Comercio. Pero para efectos del cumplimiento de los requerimientos de la CIDH, no parece adecuarse a estos, porque la Convención Interamericana habla de “juez”, en “proceso penal”, es decir, el correspondiente solo a la jurisdicción penal de la Rama Judicial.

El segundo: el proyecto de ley pide facultades para aumentar la nómina, ya muy robusta, del Ministerio Público. Lo mismo que ocurrió con la Contraloría General durante esta legislatura, con la promesa de mayor eficacia. En épocas donde los gastos del Estado tienen que restringirse, no es coherente aprobar aumentos de nómina, así para los congresistas sea una tentación imposible de resistir. ¿Asegura la procuradora que más funcionarios traerá más resultados, medibles, comprobables, en la lucha contra la corrupción?

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