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Por David Ruiz - opinion@elcolombiano.com.co
En Colombia, según el DANE, cerca de 10,64 millones de connacionales se autodenominan campesinos, el 26,3% de la población total, siendo Antioquia el departamento con mayor número de población campesina, con 1.467.473 personas, el 27,7% de la población antioqueña, seguido por Nariño y Cundinamarca.
Si tenemos en cuenta que cerca del 70% de los alimentos que llegan a la mesa de los colombianos son producidos por pequeños agricultores y productores de la agricultura campesina, familiar y comunitaria, los cuales, en razón de prácticas de mercado injustas, pocas veces pueden recuperar los costos de producción con los precios que les reconocen los primeros intermediarios de la cadena de comercialización, se hace un imperativo nacional, y sobre todo en Antioquia, la implementación efectiva de las compras públicas de alimentos consagrada en la Ley 2046 de 2020.
La finalidad de esta ley es obligar a entidades públicas de cualquier orden, sociedades de economía mixta y hasta privadas que manejen recursos públicos, a adquirir localmente alimentos a pequeños productores locales y/o a productores de la Agricultura Campesina, Familiar o Comunitaria locales y sus organizaciones, en un porcentaje mínimo del 30% del valor total de los recursos del presupuesto de cada entidad destinados a compra de alimentos.
La expedición de esta Ley por el Congreso de la República se da en el marco de la pandemia a causa del COVID-19. Momento en el que el abastecimiento de alimentos se vio afectado por el cierre de fronteras aéreas, marítimas y terrestres. Fue cuando en nuestro país teníamos las carreteras, los puertos y los aeropuertos cerrados que la soberanía y seguridad alimentaria reposó en nuestro sector agropecuario.
El 9 de octubre se llevó a cabo en la Asamblea de Antioquia el debate de control político sobre el estado y la implementación de las compras públicas de alimentos. Participaron, entre otros, las secretarías de Agricultura, Inclusión Social y Familia de Antioquia, el Procurador Regional de Antioquia, organismo clave en la implementación de la citada norma.
El estado en Antioquia de las compras públicas, según la plataforma Compras Públicas de Alimentos de Antioquia (Compan), se puede ver de la siguiente forma: en la vigencia 2024, con corte al 30 de septiembre, se han adjudicado 411 contratos a 204 contratistas por valor de $1.096.581.897.505, de los cuales el valor destinado para la compra directa de alimentos asciende a $472.811.457.617. Podríamos concluir que, al tenor de la Ley 2046 de 2020, mínimamente el 30% de este valor se debió comprar a pequeños productores y/o a productores de la Agricultura Campesina, Familiar o Comunitaria del departamento. Más de $141.843.437.285 deben estar en manos de este grupo poblacional, ya que otra prerrogativa es que el pago debe realizarse contra entrega. Sin embargo, para la correcta implementación de estas compras públicas, es importante que las secretarías y unidades de agricultura del orden municipal registren y certifiquen a sus pequeños productores, beneficiarios directos de esta Ley. A su vez, las gobernaciones deben realizar la verificación posterior de que sí se trate de pequeños productores, y no grandes mayoristas, los cuales en muchos casos son los mismos operadores de los programas de alimentación públicos, que de forma corrupta e irregular intentan registrarse como pequeños productores para hacerle el quite la norma y comprarse los alimentos entre ellos mismos, desvirtuando el espíritu y objetivo de la Ley e impidiendo la dinamización del sector agropecuario y la derrama económica en las regiones.