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Pila no podrá pagarse con talonarios a partir de marzo

05 de enero de 2009
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A partir del mes de marzo, ningún usuario podrá pagar sus aportes de seguridad social en salud por el mecanismo del papel, sino que deberá hacerlo vía electrónica como es lo indicado, advirtió el Ministerio de la Protección Social.

Con el fin de reducir los impactos negativos en el pago de la Planilla Única de Liquidación de Aportes (Pila), esta Cartera indicó sobre las exigencias a los operadores para su aplicación, entre ellas, el no recibir pagos en talonarios o formularios de papel, como se estaba permitiendo a algunos cotizantes.

Señaló que la base de cotización mínima se incrementa de acuerdo con el respectivo aumento del salario mínimo, por lo cual, quienes cotizan por esta base tendrán un alza en el pago a partir del mes de febrero.

Para este proceso algunos operadores establecieron hacer el ajuste automáticamente y otros planearon que las personas se acerquen a su operador de información para ajustar su autoliquidación.

Entonces, cada usuario debe llamar a su respectivo operador para saber el procedimiento. Según el Ministerio, esto es importante para evitar congestiones y dificultades operativas el último día del mes de enero.

Además, se mantiene el proceso de pago de acuerdo a los dos últimos dígitos de la cédula del cotizante tal y como se hizo en el 2008.

Otra de las recomendaciones que hace le Ministerio es que las personas avisen a su EPS o a su fondo de pensiones sobre cualquier cambio que ocurra en su situación laboral: cambio de ingreso, de empleador, etc. Esto con el fin de informarle al sistema dicho cambio y que no se asuma una mora para el cotizante.

Cotizante 41 permanece vigente
De acuerdo con el Ministerio de la Protección Social, actualmente pagan a través de Pila alrededor de 8 millones 400 mil cotizantes, de los cuales, más de un millón 400 mil son independientes, que aportan 2,3 billones de pesos al mes. 

El cotizante 41 permanece vigente,  pues desde su implementación era una situación admitida por el sistema de la Protección Social para un grupo específico de personas.

Esta figura entró en vigencia con la ley 1250 del 2008 y se extiende a personas  que  quedan eximidas del pago de pensiones, por un período de 3 años. Éstos son los trabajadores independientes que devengan ingresos por debajo del salario mínimo.

Sobre el no cobro de intereses de mora a aquellas personas que pagaron durante la etapa de masificación de la planilla, vale decir que fue una medida que se tomó por una situación sobreviniente y que una vez la situación fue superada, se restableció dicho cobro.

Para el Ministerio, los intereses de mora para el pago de aportes a la seguridad social existen desde siempre, lo que ocurría es que no había mecanismos eficientes para vigilar ni para hacer efectivo su pago.

Evasión y elusión
Actualmente el Ministerio se encuentra realizando los cruces de información con el fin de establecer qué empresas o cuáles personas han hecho aportes al sistema de protección social que no corresponden con su real situación económica.

Según información manejada por el Ministerio, “son difíciles de encontrar las personas que no pagan por Pila, sin embargo, este nuevo sistema sirve para llegar a resultados concretos”.

El impacto en control a la elusión y evasión ha sido muy positivo. Por ejemplo, para el Sena y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), el recaudo de aportes se ha incrementado en más de 150 mil millones de pesos entre el 2006 y 2007.

Como es sabido, este hecho tiene una gran importancia en la financiación de los programas sociales del gobierno, del que se benefician más de 10 millones de colombianos.

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