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Elecciones 2023: Ya están las reglas de juego para la propaganda en redes de los candidatos

El Consejo Nacional Electoral trazó los lineamientos para los aspirantes a cargos públicos en la contienda del 29 de octubre. Deben reportar sus gastos en esas plataformas.

  • Las elecciones regionales tendrán lugar el 29 de octubre. FOTO: Colprensa
    Las elecciones regionales tendrán lugar el 29 de octubre. FOTO: Colprensa
02 de mayo de 2023
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Ya están trazadas las reglas de juego de la propaganda en redes sociales para los candidatos de las elecciones regionales de octubre. El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó los lineamientos para esas publicidades que estarán en vigencia durante este año.

El CNE determinó que toda propaganda que sea emitida en esas plataformas como resultado de un pago de los equipos de campaña debe formar parte integral de los reportes de ingresos y gastos, tal y como sucede con la difusión a través de medios tradicionales.

Pero, aunque las redes sociales permiten que una cuenta haga publicidad en cualquier momento del año, para efectos de la contienda electoral entrará en vigencia una restricción temporal que empieza a correr en el segundo semestre de este año.

Así las cosas, se usarán los plazos del artículo 35 de la ley 1475 de 2011 que limita la propaganda solo a sesenta (60) días antes de las votaciones. Es decir: ese mecanismo puede utilizarse desde el 29 de agosto, dos meses antes de los comicios que son el 29 de octubre.

El CNE puntualizó que “solo debe ser competencia del Consejo Nacional Electoral, para decidir sobre propaganda electoral extemporánea en redes sociales, aquellas quejas en las que se demuestre que las publicaciones aportadas han sido; i) consentidas por el candidato y/o ii) publicadas desde sus cuentas y canales oficiales”.

La cuestión es que no se tomará en cuenta para ese análisis cuando hay propaganda que es emitida, no desde las redes oficiales de un candidato o su partido, sino de cuentas que surgen en apoyo a determinados candidatos y grupos políticos cuyos administradores se desconocen.

“El Consejo Nacional Electoral no debe considerar como propaganda electoral el contenido de apoyo difundido, de manera espontánea, sobre candidatos o partidos por parte de personas naturales a través de redes sociales”, detalló esa institución.

Con esa comunicación del CNE que se conoce este martes después de una reunión de la Sala Plena de ese tribunal comienza un proceso que se aplica en cada periodo electoral para revisar qué tanto los grupos políticos y sus candidatos cumplen las reglas de la propaganda electoral.

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