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Duque delinea la última Ley de Garantías de su gobierno

Ejecutivo dejó la puerta abierta a que se celebren contratos interadministrativos con la Nación.

  • El presidente Iván Duque oficializó la Ley de Garantías que estará vigente para las elecciones de 2022. La norma tiene algunos cambios. FOTO Colprensa
    El presidente Iván Duque oficializó la Ley de Garantías que estará vigente para las elecciones de 2022. La norma tiene algunos cambios. FOTO Colprensa
  • Facsímil de circular sobre Ley de Garantías.
    Facsímil de circular sobre Ley de Garantías.
31 de diciembre de 2021
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Colombia ya está en campaña para los comicios presidenciales y a Congreso de 2022 y el gobierno de Iván Duque delineó las pautas de la última Ley de Garantías que tendrá que aplicar desde la Casa de Nariño.

Ese documento no está exento de polémica porque después de 16 años de vigencia de esa ley el Ejecutivo actual abrió la puerta a que se celebren contratos en el marco de la contienda.

La Ley de Garantías fue creada en 2005 y tiene como objetivo limitar la contratación pública en periodos electorales, buscando prevenir que los recursos del Estado y de las entidades locales sean usados con fines electorales.

A pesar de las críticas y del llamado del Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá, la norma a aplicarse para 2022 permitirá que se celebren contratos administrativos entre entidades territoriales del orden regional y la Nación. La norma fue aprobada mediante una ley ordinaria, en lugar de una estatutaria.

Iván Duque defendió que la celebración de contratos facilitará la reactivación de la economía y permitirá poner en marcha los proyectos frenados por la pandemia, pues los actuales mandatarios locales asumieron el poder enero de 2020, justo antes del comienzo de la pandemia.

EL COLOMBIANO conoció la circular 100-006 de 2021 que entregó el Departamento Administrativa de la Presidencia a los ministros, entidades territoriales y descentralizadas de la rama ejecutiva en la que detalló las claves para la aplicación de la norma.

Desde la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios considera que no se ha desarrollado en detalle el ítem de participación en política, pues está claro que los secretarios, alcaldes, gobernadores o ministros no pueden participar en eventos públicos, pero, dice, no hay una ruta trazada sobre otros funcionarios, como los empleados de universidades, colegios y hospitales públicos.

Las medida estará operando desde el 13 de noviembre, es decir, cuatro meses antes de las elecciones legislativas del 13 de marzo de 2022. Estas son sus claves.

Uso de recursos de carácter público

La norma dice que no se pueden aumentar los recursos destinados a la publicidad del Gobierno Nacional y que la existente no puede utilizarse con fines políticos.

Contratos interadministrativos

Las autoridades locales no pueden celebrar convenios interadministrativos, ni destinar recursos públicos para estos. No obstante, se espera el pronunciamiento de la Corte Constitucional para determinar si es posible que la nación celebre contratos interadministrativos con las autoridades territoriales, en los que se utilice el presupuesto general de la Nación, tal como lo dispuso el presidente Duque.

Utilización de edificios públicos

Dentro de la infraestructura pública no se pueden realizar eventos en los que participen candidatos, ni actividades proselitistas. Los aspirantes tampoco pueden involucrarse en la entrega de obras. Por ejemplo, si una entidad territorial va a inaugurar un puente, en el encuentro no pueden estar quienes tengan aspiraciones electorales para 2022.

Sobre este punto, Barrios de la MOE afirma que no hay claridad acerca de las limitaciones de otro tipo de funcionarios, como los empleados de universidades, colegios y hospitales públicos.

¿Se pueden hacer contrataciones?

Las entidades no pueden modificar su nómina hasta que se definan las presidenciales. El único escenario en el que podrían hacer cambios es si uno de sus colaboradores renuncia, fallece o se vence su contrato a término fijo. Tampoco se puede declarar la insubsistencia de un empleado de libre nombramiento. En contraste, sí se pueden efectuar nombramientos como consecuencia de un concurso de méritos de carrera administrativa.

Pautas para la contratación directa

Las entidades territoriales no pueden celebrar contratos en la modalidad de contratación directa desde el 29 de enero. Esto significa que no se pueden sellar acuerdos en materia de prestación de servicios, arrendamientos de inmuebles y de proveedor exclusivo. Esa restricción aplica a todos los entes del Estado y ramas del poder en el ámbito nacional y regional .

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