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Consejo de Estado negó tutela de Ángela Robledo para recuperar su curul

  • Ángela María Robledo era la llave vicepresidencial de Gustavo Petro en las pasadas elecciones para presidente. Foto:
    Ángela María Robledo era la llave vicepresidencial de Gustavo Petro en las pasadas elecciones para presidente. Foto:
20 de diciembre de 2019
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Ángela María Robledo continuará, por ahora, sin su curul en el Congreso. La Sección Tercera del Consejo de Estado negó la acción de tutela que había presentado Ángela María Robledo en contra del fallo que emitió esta misma corporación, en el que anulaba su elección como Representante a la Cámara. Robledo había recibido esta investidura gracias al Estatuto de la Oposición, que le otorgaba un puesto en Senado y otro en Cámara de Representantes, a la fórmula presidencial que quedara de segunda en las elecciones, en este caso, Petro quedó como Senador y Robledo como represenrante.

La Sección Tercera del Consejo de Estado negó la acción de tutela que presentó Ángela María Robledo en contra del fallo emitido en abril pasado, en el que anulaban su elección como Representante a la Cámara, para el periodo Constitucional 2018 – 2022.

La decisión del alto tribunal aparece publicada en la página de la Corporación. Sin embargo, lo que molestó a Robledo es que tal determinación no haya sido notificada ni a ella ni a su abogado.

La molestia de la política se registró por medio de su cuenta de Twitter, donde además trinó la imagen de una carta que le hizo llegar a la presidente del Consejo de Estado, Lucy Jeannete Bermúdez, en la que le pedía diligencia con su proceso.

La mujer solicitaba que se dirimiera de manera rápida la decisión dado que estaba en incertidumbre su vida personal, profesional y además le había acarreado problemas de salud. La preocupación de la política que expuso en la misiva que entregó el pasado miércoles se desató luego de conocer que el magistrado ponente de su caso, se había ido del alto tribunal porque había culminado su periodo.

Robledo dejó el Congreso de la República luego de que se declarara la nulidad de la elección por cuenta de doble militancia, es decir, pertenecer a dos partidos políticos a la vez.

Lo que en su momento explicó Bermúdez es que “el artículo 107 constitucional señala que no es posible que una persona que viene militando en un partido como miembro de una corporación pública se presente a una elección ostentando el aval a un partido diferente que estuvo durante el periodo anterior”.

En ese entonces la Sala que estuvo presidida por Bermúdez, pero que salvó voto, señaló que que si bien se trata de una garantía del derecho de la oposición también es cierto que ningún colombiano debe estar por encima de esas prohibiciones constitucionales. Por eso, la decisión fue que se apartara del cargo.

“Aquí no hay reemplazo porque se prevé que para estos casos se trata de un derecho personal y, en consecuencia, pues no hay lugar a hacer llamamiento, porque quien se presentó como fórmula vicepresidencial fue la doctora Robledo”, dijo Bermúdez.

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