El Consejo de Estado le ordenó a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y al Ministerio de Minas y Energía que suspenda las actividades de exploración en 15 pozos de la multinacional Drummond, en los que aplicó, según la decisión, actividades de fracking que habían sido suspendidas en Colombia por el mismo alto tribunal en noviembre de 2018.
La razón del Alto Tribunal tiene que ver con la protección del medio ambiente y con que en el país la regulación para la exploración de yacimientos no convencionales no está regulada. De igual manera, le dio tres meses para que cumpla con la decisión, pues aunque la exploración se hizo antes a la suspensión del fracking, estos pozos ya se encuentran en producción.
Las razones
El Consejo de Estado explicó que se trata de 145.811 hectáreas denominada Campo La Loma, que está ubicado en los municipios de Agustín Codazzi, Becerril, Chiriguaná, El Paso, La Jagua y La Paz, en el departamento del Cesar.
EL COLOMBIANO buscó a Drummond para conocer si se pronunciaría sobre la decisión, pero al cierre de esta decisión no hubo respuesta. No obstante, la compañía le dijo al Consejo de Estado que el alcance que pretende darle el incidente de desacato no puede desconocer sus derechos, según se lee en el documento de la decisión.
Drummond, entre las respuestas entregadas al Consejo de Estado, se defendió diciendo que se ha dedicado a “explotar gas metano asociado al carbón, iniciando con una técnica de estimulación hidráulica convencional en pozos verticales, similar a la que se ha utilizado en el país desde hace más de 50 años”.
En caso de que la ANH no cumpla con la suspensión, deberá pagar una multa de dos salarios mínimos legales vigentes ($1.656.232) por cada día de retraso, la cual deberá ser asumida por el Ministerio de Minas, que es liderado por María Fernanda Suárez.
Así la recibieron
Luis Enrique Orduz, miembro del colectivo Alianza Colombia Libre de Fracking, señaló que es una decisión positiva, teniendo en cuenta que “ellos vienen desarrollando técnicas que se encuentran hoy suspendidas” y detalló que la Agencia Nacional de Licencias Ambientales también ignoró la suspensión de estas actividades en el país, al otorgarle la licencia.
Por su parte, David Uribe, también miembro de esta alianza, agregó que hay tres puntos que dejó claro el Consejo de Estado con la decisión: uno, que todas las actividades alrededor de yacimientos no convencionales están suspendidas y “así estén amparadas bajo licencias previas, también deben suspenderse las actividades”.
Como segundo punto destacó que la industria petrolera no se puede amparar en otras normas para desarrollar estas actividades y, finalmente, como tercer punto, que “la Drummond realizó actividades que constituyen una burla a una decisión judicial, porque no se podían seguir desarrollando, toda vez que se trataba de yacimientos no convencionales”.
La Alianza también precisó que interpondrá nuevos incidentes de desacato, esta vez contra Ecopetrol, por un pozo ubicado en el Magdalena Medio, pues según ellos “se desarrollaron actividades un yacimiento no convencional”, caso similar al de la Drummond en el departamento del Cesar.
15
pozos deberá de dejar de explotar Drummond por la orden judicial.