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Los futbolistas no pueden ser cosificados: Corte tras estudiar tutelas de jugadores de Nacional

El alto tribunal se pronunció sobre la disputa legal de cinco deportistas que no pudieron inscribirse en los torneos del segundo semestre de 2021 como coletazo de una disputa legal del equipo con Cortuluá.

  • Las tutelas que estudió la Corte Constitucional fueron interpuestas por jugadores que para el segundo semestre de 2021 estaban en Atlético Nacional. FOTO: Jaime Pérez / Imagen de referencia
    Las tutelas que estudió la Corte Constitucional fueron interpuestas por jugadores que para el segundo semestre de 2021 estaban en Atlético Nacional. FOTO: Jaime Pérez / Imagen de referencia
16 de enero de 2023
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La Corte Constitucional le puso la lupa a los contratos de los jugadores del fútbol profesional colombiano después de revisar las acciones de tutela presentadas por cinco jugadores contra la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor.

Se trata de las acciones legales interpuestas por Ruyery Alfonso Blanco Yus, Felipe Aguilar Mendoza, Dorlan Pabón Ríos, Yeison Guzmán Gómez y Nelson Daniel Palacio Ruiz, reclamando su derecho a jugar en torneos del segundo semestre de 2021.

Los deportistas consideraron que sus garantías fundamentales habían sido vulneradas con las decisiones de los equipos que tenían sus derechos deportivos de impedirle al club Atlético Nacional –en aquel entonces– inscribirlos para la Liga Betplay y el Torneo Betplay del segundo semestre de 2021.

En ese momento los futbolistas no fueron anotados para los juegos en medio de una disputa legal de Atlético Nacional con Cortuluá, un caso que ha llegado a los más altos estamentos del fútbol colombiano y que se remonta a un proceso que inicio desde 2012 por el caso del jugador Fernando Uribe.

Incluso, para ese momento Atlético Nacional estuvo buscando alternativas legales para inscribir a esos jugadores, sosteniendo que se les violaba el derecho al trabajo y la dignidad humana

Si bien el problema de la inscripción se resolvió en aquel entonces, la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, decidió estudiar el caso enmarcado en los derechos laborales de los jugadores.

De ahí que en su sentencia T-464 escribió que “entre el club y el jugador se celebra contrato de trabajo en condiciones dignas y justas. Por la prestación de su servicio debe recibir una adecuada remuneración. El futbolista no puede ser cosificado o visto como un recurso para alcanzar los fines de la empresa o de la asociación de empresas”.

El tribunal instó a la Federación Colombiana de Fútbol y a la Dimayor para que cuando “adopten decisiones que involucren a los jugadores, garanticen la eficacia de los derechos fundamentales y avancen en la configuración de una estructura asociativa que dignifique el ejercicio de este deporte”.

En la providencia también les solicitó que “se abstengan de dar apertura a investigaciones disciplinarias y/o sancionar a clubes y jugadores por el hecho de ejercer la acción de tutela en defensa de los derechos fundamentales que consideren vulnerados”.

Esa última determinación se debe a que, en el momento de la disputa por la inscripción a los torneos del segundo semestre de 2021, la Dimayor emprendió acciones de investigación contra ellos después de que presentaron las acciones de tutela. Esas investigaciones luego fueron cerradas.

Es más, la Corte le pidió al Ministerio del Deporte revisar las reglas que en la actualidad abren la posibilidad a que los equipos no inscriban a los jugadores si hay una deuda entre clubes.

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