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Inicia juicio disciplinario contra altos funcionarios por caso MinTic

  • Por irregularidades en contratación, entre otras razones, arrancó la formulación de cargos en caso MinTic. FOTO COLPRENSA
    Por irregularidades en contratación, entre otras razones, arrancó la formulación de cargos en caso MinTic. FOTO COLPRENSA
22 de noviembre de 2021
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Desde las 8:00 de la mañana de este lunes, la Procuraduría General inició el juicio disciplinario verbal a tres altos funcionarios del Mintic, al representante legal de Unión Temporal Centros Poblados 2020 y la interventora del contrato entre MinTic y la UT Centros Poblados.

El proceso que se sigue en su contra se debe al escándalo por las presuntas irregularidades del contrato que pretendía llevar internet a los colegios de las regiones más apartadas del país y en el que terminó perdiéndose un anticipo superior a los $70 mil millones.

Luego del inicio de la investigación en julio pasado, la Procuraduría formuló cargos en septiembre y ordenó el procedimiento verbal, “para adelantar la investigación disciplinaria más expedita y determinar las presuntas irregularidades en la adjudicación, celebración y ejecución del contrato de aporte 1043 del 18 diciembre de 2020”.

Los llamados al proceso disciplinario son Adriana Vanessa Meza Consuegra, secretaria general del MinTIC; Sandra Orjuela Méndez, subdirectora de Gestión Contractual MinTIC; Camilo Alberto Jiménez Santofimio, director de Infraestructura MinTIC; Luis Fernando Duque Torres, representante legal de la UT Centros Poblados 2020, y Paola Andrea Izquierdo Rivera, representante convencional del Consorcio “PE 2020 C Digitales”, que ejerce la interventoría del contrato en mención.

En el caso de Meza Consuegra, la Procuraduría aseguró en la formulación de cargos que, en su calidad de secretaria general del ministerio, desconoció “los principios de economía, transparencia, responsabilidad y selección objetiva que rigen la contratación estatal”, en la adjudicación del millonario contrato.

Así mismo, el capítulo dedicado en el pliego de cargos a la exsecretaria se inicia con un detalle que no es menor. En la hoja de vida que el Ministerio le envió a la Procuraduría está consignado que su formación de pregrado es como comunicadora social. Sin embargo, en el Sigep, el sistema de información que registra los datos del empleo público en Colombia, aparece otro currículum en el que Adriana Vanessa aparece como ingeniera industrial.

Al respecto, en el pliego de cargos se advierte que esta situación deberá ser “clarificada en fase de juzgamiento y acorde con las calidades exigidas en el manual de funciones de la entidad para el cargo desempeñado”.

Uno de los hechos en los que repara la Delegada de la Procuraduría, es la orden que se dio para la apertura de la licitación que quedó en firme con la resolución 719 del 23 de septiembre del año pasado y su posterior adjudicación a la unión temporal en diciembre de 2020. Así como la celebración contractual en ese mismo mes.

En este punto, el ente de control disciplinario especifica que se firmó el contrato “con estudios previos insuficientes y pliegos de condiciones carentes de reglas objetivas y completas, desconociendo los principios de economía en los cuales se hallan inmersos los principio de planeación, de responsabilidad y transparencia que rigen en las actuaciones contractuales”.

De acuerdo con la tesis que persigue la Procuraduría, Adriana Vanessa, la coequipera de la exministra Karen Abudinen, estaría detrás de haber bajado en ocho puntos porcentuales el indicador de patrimonio financiero en el pliego de condiciones. Así las cosas, al reducir del 18% al 10%, Centros Poblados pudiera continuar en carrera por la jugosa licitación. En palabras más sencillas, el requisito financiero referente al patrimonio se suavizó disminuyendo su valor del 18% del presupuesto oficial, al 10%.

Entre tanto, a Luis Fernando Duque, representante legal de Centros Poblados, la Procuraduría lo señala de haber presuntamente falsificado las garantías bancarias para acreditar que existían y posibilitar el inicio de la etapa de ejecución contractual y el desembolso del valor del anticipo, por 70.000 millones de pesos.

A Jiménez Santofimio se le indaga porque tenía a cargo la estructuración de los estudios previos y el pliego de condiciones del proceso contractual y aparentemente permitió que fueran modificadas las conclusiones, recomendaciones y observaciones dispuestas por el consultor sin que hubiera estudios que sustentaran la modificación. Con ello habría desconocido el principio de responsabilidad previsto en el artículo 26 de la Ley 80 de 1993.

Según el documento, fueron modificadas las conclusiones, recomendaciones y observaciones técnicas, financieras y jurídicas definidas por el estructurador del proceso contractual, “sin que para tales modificaciones contaran con los estudios y análisis suficientes”.

La Procuraduría advierte que, de no haberse hecho la modificación, Centros Poblados no habría cumplido con el requisito financiero, en razón que lo acreditado por la Unión Temporal era de 123.616’616.524,00, lo cual representa apenas el 11,60% del presupuesto de la región A, que cuenta con $1”065.564’968.972,00 y el 11,53 % del presupuesto de la región B $1”072.552’301.475,00.

En el caso de Sandra Orejuela Méndez, la exsubdirectora de gestión contractual del Mintic, la Procuraduría también la señala de falta gravísima, “por desatención” elemental, pues aparentemente desconoció los principios de selección objetiva, economía y responsabilidad, por cuanto habilitó, mediante evaluación jurídica que suscribió el 26 de noviembre de 2020, la propuesta presentada por la Unión Temporal.

El ente de control indica, en el pliego, que a pesar de que tiene una experiencia profesional de más de 20 años, en los que se ha desempeñado como asesora de contratación estatal, en diferentes entidades de orden nacional, al parecer se le pasó la garantía bancaria presuntamente falsa.

“La habilitación que realizó la disciplinable se originó, presuntamente, por no verificar diligente y oportunamente que la garantía de seriedad aportada por el oferente realmente hubiese sido expedida por la referida entidad financiera, con lo que actuó con ligereza y desdén”, asegura la Procuraduría.

Para la delegada llama la atención que Orjuela no hubiese advertido que la garantía no había sido expedida por el banco Itaú, en tanto que, por ejemplo, otro oferente que participaba en la licitación, la obtuvo de otra entidad financiera en 17 folios, entre los que se encontraban el documento de aseguramiento de la seriedad de la propuesta, el poder otorgado por el presidente y representante de la entidad financiera, entre otros.

La garantía supuestamente emitida por el banco Itaú no venía acompañada de tales documentos (...) esto ni siquiera llamó la atención de la disciplinada”.

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