El cultivo de plantas de cannabis, la autorización de la posesión semillas para siembra, el control de las áreas de cultivo, así como procesos de producción y fabricación, exportación, importación y uso de éstas y sus derivados destinados a fines estrictamente médicos y científicos; quedaron ayer reglamentados tras la firma del decreto 2467 por parte del presidente Juan Manuel Santos. Exentos del decreto fueron pacientes y médicos.
El presidente Santos explicó que con esta norma el país dio un paso importante “en la lucha contra las enfermedades, y lo hacemos a través de un decreto que busca aprovechar las bondades del cannabis para mejorar la vida de las personas”.
Aseguró que con el decreto se fomenta la investigación y la producción de medicamentos elaborados a partir de cannabis, “como lo hacemos con cualquier elemento natural que pueda dar alivio a las enfermedades o al dolor”.
Advirtió que esta regulación no afecta la lucha contra las drogas ilegales. “Hay que ser claros: permitir el uso medicinal del cannabis no va en contravía de nuestros compromisos internacionales en materia de control de drogas”.
Recordó que en varias zonas de Estados Unidos y en Canadá, Países Bajos, Argentina, Brasil, Perú y Chile ya se permite su uso para efectos medicinales. “Lo que buscamos es que los pacientes puedan acceder a fármacos de producción nacional que sean seguros, de calidad y accesibles. Es una oportunidad para incentivar la investigación científica”.
Precisó que el Ministerio de Salud será la autoridad competente para aprobar licencias de fabricación y exportación, y se establecerán requisitos especiales de seguridad para las áreas de cultivo y fabricación y un mecanismo de seguimiento.