Las cárceles del departamento de Antioquia siguen siendo escenario de una grave crisis humanitaria, con denuncias recientes que revelan condiciones de vida deplorables para la población privada de la libertad. Los reportes más alarmantes provienen de la cárcel El Pesebre en Puerto Triunfo y la cárcel de mujeres El Pedregal en Medellín, donde el hacinamiento extremo, la alimentación deficiente y la falta de atención médica se han convertido en la norma, e incluso en la causa de muertes.
Entérese: Muere otro interno en la cárcel de Puerto Triunfo: van 18 en poco más de un año, según veeduría
Jorge Carmona Vélez, vocero de la Veeduría Penitenciaria Nacional y defensor de Derechos Humanos de la población privada de la libertad en Antioquia, ha emitido un S.O.S. urgente por la situación.
El Pesebre: Una “Cárcel de la Muerte”
La cárcel El Pesebre, en Puerto Triunfo, ha sido calificada como una “cárcel de la muerte y del castigo en el Magdalena medio antioqueño”. Las cifras son desoladoras: según Carmona, ya van 19 fallecimientos en un lapso de aproximadamente 14 meses. El deceso más reciente reportado ocurrió el pasado 6 de julio de 2025, de un interno llamado Sergio Alberto Tabares, joven y conocido como el “parlante” del patio quinto. Aunque el INPEC y el Ministerio de Justicia han enviado una comisión para investigar, el defensor de DD. HH. apunta a la desatención en materia de salud como la causa principal, señalando que hay otro reo en condiciones de salud graves sin recibir atención.
Las denuncias específicas para El Pesebre incluyen:
Ausencia de agua potable: Es el único establecimiento carcelario en Colombia que carece de este servicio básico.
Alimentación que da “asco” y deficiente: No hay kit alimentario ni expendio para mitigar el hambre. Carmona ha llegado a afirmar que “tienen más garantías los hipopótamos de la Hacienda Nápoles que los presos que están al lado”.
Le puede interesar: Colombiano fue condenado a cadena perpetua en Chile por violar y asesinar a una compatriota
Hacinamiento “tortuoso”: según defensores de derechos humanos, se reporta una sobrepoblación del 100%, con 1.600 internos en un penal acondicionado para 800 personas, llevando a que hasta 10 reclusos ocupen celdas diseñadas para cuatro. No obstante, en el portal estadístico del Inpec reportan un hacinamiento del 14,2%, con 1.504 personas recluidas y una capacidad para 1.316.
Falta de atención médica inmediata: no hay ni siquiera medicamentos básicos como pastillas para el dolor de cabeza.
Problemas de infraestructura y servicios: han durado hasta 30 días sin luz eléctrica debido a un transformador averiado.
La dramática situación en El Pedregal
La cárcel de mujeres El Pedregal en Medellín también enfrenta una ”dramática situación humanitaria alimentaria y sanitaria” en todos sus pabellones. Más de 1.300 mujeres están afectadas por la ”horrible y pésima alimentación” que, según Carmona, ha regresado, llevando a las internas a realizar actos de desobediencia civil.
Las reclusas exigen un tratamiento penitenciario digno y humano, y reclaman igualdad y justicia, solicitando el ingreso de alimentación casera, como ya fue aprobado para la cárcel de hombres, mientras se soluciona la problemática con los gramajes y horarios adecuados. La falta de respeto al derecho a la salud también es uno de los grandes problemas sin solución en este centro nacional.
Un problema sobreestudiado pero sin soluciones
Estas recientes denuncias se enmarcan en una problemática de larga data que el Consejo de Estado y la Corte Constitucional han reconocido como una falla estructural del servicio penitenciario y carcelario en Colombia. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en una sentencia del 16 de junio de 2025 (referencia 70584), abordó la responsabilidad del Estado por los daños causados a la población privada de la libertad en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario La Paz (EPC La Paz) de Itagüí, Antioquia.
Siga leyendo: ¿Si sirven las tres nuevas cárceles que propone el gobernador Antioquia para solucionar la crisis de hacinamiento?
En el caso del EPC La Paz, se constató que entre el 31 de mayo de 2013 y el 6 de abril de 2018, la situación de hacinamiento generó efectos perjudiciales en materia de salud, alimentación, higiene, deporte, trabajo, recreación, resocialización, intimidad y vida familiar. Se encontró que celdas para dos personas albergaban hasta 10 o 12, con reclusos durmiendo en el piso y por turnos. Los servicios sanitarios eran insuficientes y en pésimas condiciones, la asistencia médica y odontológica básica era casi nula, y la alimentación de mala calidad y servida en horarios inadecuados.
El Consejo de Estado ha reiterado que el hacinamiento, por sí mismo, constituye una violación a la integridad personal y dignidad humana. Esta situación impide la función resocializadora de la pena y genera perjuicios morales indemnizables, tales como tristeza, angustia, miedo e inseguridad. Es importante destacar que la carencia de recursos económicos no puede justificar que las condiciones de reclusión vulneren los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad.
La Corte Constitucional ha declarado un “estado de cosas inconstitucionales” (ECI) respecto al hacinamiento carcelario en el país desde 1998, y ha reiterado esta declaración en varias ocasiones (T-153 de 1998, T-388 de 2013, T-762 de 2015, y SU-122 de 2022). Esto subraya que la violación de derechos es masiva, generalizada y prolongada, y que las causas son de naturaleza estructural, exigiendo la acción mancomunada de distintas entidades estatales. A pesar de algunos avances reportados por las entidades demandadas en infraestructura, salud y alimentación, el hacinamiento en cárceles como la de Itagüí no disminuyó, sino que aumentó, mostrando que los esfuerzos han sido insuficientes.
En el fallo de junio de 2025, el Consejo de Estado declaró responsabilidad patrimonial solidaria de la Nación-Ministerio de Justicia y del Derecho, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por los daños antijurídicos causados a la población privada de la libertad, tanto condenados como detenidos preventivamente, debido a la falla del servicio por omisión.
La persistencia de estas condiciones inhumanas en las cárceles de Antioquia, a pesar de los fallos judiciales y las denuncias constantes, reitera la urgencia de una intervención estatal efectiva y coordinada que garantice la dignidad humana de todas las personas privadas de la libertad.