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Hasta mitad de año el Estado

no podrá contratar directamente

Pese a la eliminación de la reelección, la ley de garantías, creada para ese escenario, sigue vigente.

  • Desde el pasado 11 de noviembre entró en rigor la ley de garantías que elimina la contratación directa de obras. FOTO Jaime Pérez
    Desde el pasado 11 de noviembre entró en rigor la ley de garantías que elimina la contratación directa de obras. FOTO Jaime Pérez

Durante cerca de cinco meses, en caso de segunda vuelta presidencial, la contratación directa, por parte del Estado, estará paralizada. Es decir, que solo se podrán adjudicar obras a través de licitación pública y los convenios entre el Gobierno y los entes territoriales y departamentales tendrían que haber sido pactados antes del 11 de noviembre, justo cuatro meses antes de la elección de Congreso, el 11 de marzo.

Esto debido a la ley de garantías, la cual entró a regir, por segunda vez este sábado y terminará el 17 de junio, día de la segunda vuelta presidencial. En caso de que esta no se dé, la contratación directa regresará el 27 de marzo.

Para dimensionar el alcance de la norma, Colombia Compra Eficiente analizó el comportamiento de las contrataciones en la pasada ley de garantías del 2014. Según la entidad el 58 % del valor contratado aumentó entre junio y julio de 2014, es decir, un mes antes de la entrada en rigor de la norma.

Así mismo, explica que cuando se acabó la vigencia de la iniciativa el número de contratos celebrados varió entre los 30 mil y los 39 mil, es decir que se incrementó su celebración al rededor de un 20 %.

Cabe anotar que la ley se creó en 2015 para promover el ejercicio transparente de la democracia y asegurar que las elecciones se adelanten en condiciones igualitarias. Es decir, busca que quienes están en el ejercicio de cargos en el Estado no intervengan en las elecciones a través de pauta publicitaria o cuotas políticas.

La norma fue creada para la reelección de Álvaro Uribe y buscaba, en principio, asegurar que todos los candidatos participaran de forma equitativa en las elecciones y brindarle garantías a la oposición. Sin embargo, la ley de garantías se extendió para la elección de cargos en el Congreso, Asambleas, Gobernaciones y Alcaldías.

Cuando el presidente Juan Manuel Santos fue reelegido presentó un proyecto para eliminarla, según dijo, al acabar con la reelección presidencial –con la reforma al Equilibrio de Poderes–, la norma se convertía en un requisito absurdo “que impide a los alcaldes ejecutar obras y hacer contratos durante un período muy largo de su mandato”.

Aunque el compromiso lo realizó ante la Federación Colombiana de Municipios el mandatario tuvo que reversar la decisión debido a que presentó la propuesta pocos meses antes de elecciones regionales.

Los alcaldes, a cumplir

La contratación directa en el Estado puede tener cualquier monto y se usa para adquirir desde equipos nuevos para las oficinas hasta la construcción de obras de beneficio social. A partir de hoy cualquier contrato que realice el Estado deberá hacerse a través de una licitación, este último proceso tiene requisitos que toman tiempo.

En caso de que algún funcionario no cumpla con esta normativa, la falta es calificada de disciplinaria y las entidades encargadas de la investigación son la Procuraduría y la Personería. Así mismo, puede haber algún tipo de responsabilidad fiscal a cargo de la Contraloría. Incluso el implicado puede incurrir en el delito de celebración indebida de contratos investigado por la Fiscalía General de la Nación.

La norma plantea otro tipo de restricciones como por ejemplo que los funcionarios públicos no pueden presionar a sus subalternos para que apoyen una causa política, ni tampoco pueden difundir ningún tipo de campaña electoral.

De igual firma, ningún funcionario, en el caso del presidente, los gobernadores, alcaldes, secretarios o gerentes de las entidades descentralizadas pueden participar en actos de tipo proselitista o inaugurar obras donde estén candidatos o voceros.

Sin embargo, la ley de garantías tiene aspectos positivos para el desarrollo de las elecciones, así lo confirma Marlon Pavón, subcoordinador del observatorio de justicia electoral de la MOE, “esta disposición genera equilibrio en las campañas y frena, en cierta medida, el uso desmedido a los recursos del Estado”.

Y agrega que la gobernabilidad de las administraciones no se frena, “la ley de garantías bloquea la contratación directa. Por lo tanto, aquella que necesita de una licitación no está sujeta a esta norma, en la medida que se pueda hacer otro tipo de contratación no se frena la ejecución o la gobernabilidad. Si no existiera esta ley podría afectarse el proceso electoral”.

Estos son algunos casos

En época de campaña las acusaciones de los partidos sobre violación de la ley están presentes todos los días. El caso más reciente lo protagonizó el expresidente, César Gaviria, quien arremetió contra el Gobierno acusándolo de “querer influir en las elecciones entregando puestos”. El ministro del Interior, Guillermo Rivera, respondió diciendo que el “Gobierno solo ha reemplazado a personas que habían renunciado”, apegándose a lo que dice la ley.

Otro caso se presentó el pasado jueves cuando el viceprocurador General, Juan Carlos Cortes González, anunció investigación disciplinaria contra la gerente y los miembros de la junta directiva de la Empresa social del Estado San Jerónimo en Montería, por modificar la planta de personal el 17 de diciembre a través de un acuerdo.

Otro ejemplo, se dio en Bogotá cuando, horas antes de la entrada en rigor de la norma, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas y el alcalde de la capital, Enrique Peñalosa, firmaron el acuerdo que aseguraba los 15,1 billones de pesos necesarios para construir la primera línea del metro de Bogotá.

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