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Amenazar por internet no es juego

La condena penal a un ciudadano por proferir insultos y amenazas de muerte a magistrados y periodistas y a un caricaturista, sienta un precedente. Que tomen nota los desaforados de las redes.

Amenazar por internet no es juego
18 de abril de 2019
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Infográfico

Incitar, vía internet y en redes sociales, a que un periodista, o cualquier figura pública, sean blanco de agresiones, o condenar de manera violenta su labor, así como la de jueces y magistrados, puede convertirse en un acto no solo censurable sino objeto de sanciones penales concretas. Descalificar e invitar a vías de hecho contra estas personas, u otras, se puede convertir en un dolor de cabeza judicial, porque esas amenazas lesionan la seguridad y la tranquilidad de los intimidados.

En el caso concreto de las amenazas a magistrados (“¿cuántos magistrados mataremos por día?”) y de las sentencias de muerte al caricaturista Julio César González, Matador, mediante la cuenta de Twitter @antipopulismos, la Fiscalía confirmó que Francisco Javier Andica fue condenado a principios de este mes a 38 meses de prisión “por el delito de amenazas”, y que se le impuso una multa de 5 millones 382 mil pesos. Se penaliza a quien “por cualquier medio atemorice a una persona, familia, comunidad o institución, con el propósito de causar alarma, zozobra o terror en la población”.

Esta condena concreta contra un ciudadano, por amenazar a otros en plataformas digitales, va marcando camino para que se siente jurisprudencia.

No puede seguir ocurriendo que en medio de una pretendida y aparente impunidad, en Colombia, casi siempre acudiendo a cuentas clandestinas y falsas, se profieran agresiones escritas, e incluso gráficas y sonoras, contra otros ciudadanos con la impresión de que no existen recursos tecnológicos de investigación y fórmulas jurídicas para sancionar oportuna y eficazmente a personas que se toman muy a la ligera las implicaciones de sus injurias, calumnias y amenazas.

Los estudios observan cómo los agresores al percibir que sus ataques no son objeto de sanciones tienden a tornarse mucho más violentos y reincidentes. La invisibilidad aparente juega a su favor y estimula conductas que pueden producir en sus víctimas graves daños reputacionales en el ámbito familiar, social y profesional. Además del temor y el pánico que se desencadenan cuando se trata de mensajes que incorporan amenazas contra la vida e integridad de otros y de sus parientes.

La “distancia” simbólica que hay entre el agresor y el intimidado da lugar a un atrevimiento cada vez mayor y, por supuesto, más dañino en términos de ofensas y sentencias contra la honra y la seguridad. Los organismos e instancias judiciales se están adaptando con rapidez a las nuevas realidades que generan las redes sociales e internet.

Más allá de los medios —los ciberespaciales—, Colombia incorpora normas en el Código Penal que sancionan este tipo de delitos, y hoy la Fiscalía y la Policía, a tono con estas exigencias, cuentan con equipos de investigación de delitos informáticos más eficientes y rigurosos.

La condena a Francisco Andica, quien se allanó a los cargos y decidió colaborar, envía un mensaje de fortaleza del Estado, para dejar claro que la libertad de expresión y opinión de los ciudadanos no puede vulnerar los derechos al buen nombre y a la seguridad y la tranquilidad de sus pares.

Por eso los usuarios de redes sociales, así sean jóvenes e inexpertos, no pueden olvidar que el uso de las plataformas digitales exige responsabilidad y autorregulación, porque existen medios, normas y procedimientos legales para penalizar con dureza (intramural y económica) los desmanes .

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