El pasado 16 de junio fueron aprobadas dos leyes complementarias, la de Sostenibilidad Fiscal y la Regla Fiscal, trascendentales ambas para garantizar los numerosos derechos constitucionales de los colombianos, porque como afirmó el presidente Santos, son ellas prerrequisitos fundamentales para "tener una economía sana, una economía saludable".
Sin embargo, como lo advirtió el codirector del Emisor, Carlos Gustavo Cano, los articulados de las leyes aprobadas por el Congreso son muy generales y, por tanto, no garantizan que satisfagan ellas las esperanzas del país. "Habrá que esperar que el Gobierno las reglamente para poder verificar si va a ser así. Sólo si así fuere, se habrá dado un paso firme en la dirección correcta".
Como es sabido, Colombia gasta hoy más de cuanto le ingresa y el faltante lo suple con azarosos endeudamientos en dólares, con los cuales se contribuye a tener la moneda más revaluada, apreciada y antiempleo del mundo. Esta práctica está asociada, en parte, a que en el país ordenan gastos en forma calamitosa el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.
Con la Ley de Sostenibilidad Fiscal se pretendía asegurar que las diferentes ramas del Poder Público no vulneraran los derechos fundamentales ordenando gastos, sin contar con suficientes recursos financieros. Lástima grande que la Sostenibilidad Fiscal haya terminado siendo cuestión de simple y modesto "criterio" y no de principio, de derecho, como se propuso inicialmente.
Entiendo, no obstante, que en las reformas sí quedó aprobado lo que se llamó el Incidente de Impacto Fiscal, gracias al cual el Procurador, o uno de los Ministros, está en capacidad de modificar, modular o diferir las sentencias de cualesquiera de las máximas corporaciones para que los costos de ellas no interfieran con los objetivos del Estado Social de Derecho.
De acuerdo con un artículo publicado sobre estas leyes por el Minhacienda, Juan Carlos Echeverry, la Regla Fiscal tiene dos objetivos, a saber:
1. El presupuesto se ligará en adelante a la evolución de los ingresos de largo plazo, designados como ingreso estructural. Anteriormente se ligaba éste en forma absurda a los ingresos corrientes, con lo cual se gastaba mucho en tiempos de expansión económica y poco en tiempos de recesión. Lo contrario de cuanto recomienda un manejo acertado de la Hacienda Pública.
2. El segundo objetivo estriba en lograr que la deuda del Gobierno Central se ubique por debajo del 20% del PIB en el año 2022. Los gastos recurrentes no se financiarán en adelante con deuda sino con ingresos permanentes. Parte de la bonanza de los hidrocarburos se ahorrará para suplir las caídas transitorias de los ingresos. ¡Ojalá se alcancen tan necesarios objetivos!
De acuerdo con el señor Cano, "el valor exportado de los bienes de origen minero-energético viene aportando más de las cuatro quintas partes de la dinámica del crecimiento de las exportaciones del país. A pesar de que solo generan 200.000 empleos directos. Esto es genuino síntoma de enfermedad holandesa. Y la Regla Fiscal puede ayudar a evitar tal enfermedad siempre y cuando se ahorren en el exterior los excedentes de las exportaciones minero-energéticas, durante las épocas de vacas gordas".