La Corte Constitucional tomó una decisión este martes que abre la puerta para que sí se pueda pronunciar sobre demandas que se presenten en contra de leyes que hayan aprobado un tratado internacional antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991.
La Corte avaló en la noche de este martes la Ley 10 de 1980 mediante la cual se suscribió el “Protocolo relativo a la prohibición del empleo en la guerra de gases asfixiantes, tóxicos o similares y de medios bacteriológicos”, firmado en Ginebra el 17 de junio de 1925 y mediante la cual también se autorizó al país a adherir a la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas y sobre su destrucción.
La Sala Plena acogió la ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos y con eso se entiende que la Corte en el futuro sí podrá analizar demandas contra leyes anteriores a la Constitución de 1991 que creó dicha corporación.
Actualmente la Corte Constitucional examina tres demandas en contra del la ley 37 de julio de 1961 ,mediante la cual Colombia suscribió el Pacto de Bogotá que reconoce la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, CIJ.
Las demandas, incluida una presentada por el propio presidente de la República, Juan Manuel Santos, afirman que dicha norma no se ajusta a la Constitución actual.
El pasado 16 de septiembre la Corte aceptó estudiar las tres demandas al señalar, entre otras cosas, que sí tiene competencia para adelantar un examen sobre las leyes que ratifican tratados internacionales, así se trate de una norma que fue expedida con anterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución de 1991.