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Contribuyentes tienen quién los defienda

17 de mayo de 2009
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La figura del Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero fue creada en el país en virtud de la Ley 488 del diciembre de 1998. El Defensor nacional (en este caso, Beatriz Hernández de Martínez) es designado directamente por el Presidente de la República por períodos de un año, de la terna que le presenta la Comisión Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera, en la cual participan la Andi, Fenalco y Acopi, con varios organismos del gobierno.

Como apoyo, la Defensoría cuenta con seis delegaciones en las principales ciudades (Bogotá, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira y Medellín) y, para el caso de la Regional Noroccidental (Antioquia, Córdoba, Chocó y Sucre), la función la cumple la abogada Francia Inés Hernández Díaz, quien explica en detalle para qué sirve esta figura, cómo acudir a ella y qué validez tienen sus decisiones o conceptos.

Lo importante, dice, es que los contribuyentes ya tienen quién los defienda y quién los acompañe en el proceso de hacer valer sus derechos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas (Dian).

La defensora es abogada de la Universidad Autónoma Latinoamericana, especialista en Derecho Constitucional de la Universidad de Antioquia y aspirante a magíster en Derecho Procesal en la Universidad de Medellín. Antes de ocupar el cargo, fue asesora jurídica de varias empresas en estos temas.

¿Cuándo se debe acudir al Defensor del Contribuyente?
"Cuando un contribuyente o usuario aduanero considere que se le han vulnerado sus derechos. La Defensoría revisa el proceso para evitar que se pueda atentar contra la justicia y la paz social y los derechos de los ciudadanos en materias tributarias, cambiarias o aduaneras. La actuación de la Defensoría se origina con base en la reclamación del contribuyente y tenemos 15 días para estudiar y decidir. La Defensoría es un acompañamiento al contribuyente y se puede acudir a ella por correo electrónico (defensoría@dian.gov.co), por internet (www.dian.gov.co) o en forma directa, en la sede de la Defensoría, en la Dian".

¿La decisión de la Defensoría obliga a la Dian?
"Una vez hayamos recogido las pruebas y tengamos todos los elementos de juicio, podemos recomendarle a la Dian hacer los correctivos, si consideramos que el usuario tiene la razón. En muchos casos, como en el decomiso y posible destrucción de una mercancía, no podemos tomarnos los 15 días. Y la Dian, a su vez, tiene otros 15 días para estudiar o aplicar la recomendación del Defensor. La Defensoría revisa y recomienda, aunque estas recomendaciones no tienen el carácter vinculante, pero sí son el insumo para el mejoramiento de procesos en la Dian y para reducir posibles demandas de los contribuyentes afectados con sus fallas".

¿Qué pasa si la Dian no acoge las recomendaciones del Defensor? ¿Se vuelve inoperante?
"Yo le muestro estas estadísticas: 1.015 casos de fondo atendidos y resueltos en 2008 (698 del año pasado y 317 que venían de años anteriores) y las 541 orientaciones personalizadas en todo el país. La Regional Noroccidente (Antioquia y Córdoba) atendió 117 de los 698 casos (el 17 por ciento) y 33 orientaciones. De esos 698 casos, 611 fueron cerrados y archivados (otros 363 están en trámite y 41 en seguimiento) y en 389 de ellos tuvo la razón el contribuyente (el 64 por ciento); en 218 (35 por ciento), el concepto de la Defensoría favoreció a la Dian; y en cuatro casos los reclamantes desistieron. Estas cifras muestran que la Defensoría sí tiene efectos y que se trata de un control en derecho que permite revisar los procedimientos".

Pero, le insisto, si la Dian no acoge la recomendación de la Defensoría, ¿qué camino le queda al contribuyente?
"En muchos casos, han acudido ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, a nivel departamental o del Consejo de Estado y el juez ha ordenado la revocatoria del acto, dándole la razón al reclamante... Nada quita que la recomendación de la Defensoría pueda aportarse como prueba documental en los procesos de control de legalidad posterior ante los jueces y tribunales administrativos".

¿La Defensoría ayuda a la devolución de los saldos a favor del contribuyente?
"Es la ley la que otorga ese derecho y, quien crea tenerlo, lo puede reclamar. Hay que aclarar que el pedido de una devolución no siempre lleva a una fiscalización. Este es un mito que se ha creado. Con la Universidad de Medellín y la Institución Universitaria de Envigado estamos investigando la problemática en el procedimiento de devoluciones de saldos a favor de los contribuyentes. Es un tema crítico y le estamos trabajando. Y tenemos un convenio con la Personería de Medellín para apoyar los reclamos de los usuarios. Es decir, la recomendación de la Defensoría ante la Dian puede dar pie para iniciar otros procesos".

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