Entre los artículos del proyecto de Código penitenciario que la Cámara de Representantes alcanzó a aprobar el miércoles en la noche, se encuentra uno que otorga beneficios de prisión domiciliaria y que podría emplearse con vigilancia a través de un brazalete electrónico.
A este beneficio podrían acceder quienes hayan sido condenados a menos de ocho años y por delitos distintos al de desfalco a la Administración Pública, estafa, lavado de activos, utilización indebida de información privilegiada, soborno transnacional, concierto para delinquir agravado, hurto calificado, extorsión y otra serie de actos punibles contemplados en el artículo 68A del Código Penal.
Esta medida tampoco aplicará para quienes sean reincidentes ni para casos en los que se aplique el principio de oportunidad, preacuerdos y negociaciones.
Quienes accedan a este beneficio deberán comparecer periódicamente ante las autoridades judiciales y deberá permitir el ingreso a su residencia de quienes estén encargados de vigilar el cumplimiento de la reclusión.
Si el juez lo considera necesario, dicha vigilancia estará acompañada por un brazalete electrónico cuyo costo deberá asumir el beneficiario a menos que pueda demostrar que no puede pagarlo.
Quienes tengan este brazalete podrán ser autorizados por un juez para trabajar y estudiar fuera de su residencia.
El artículo hace parte de las propuestas del Ministerio de Justicia para hacerle frente al hacinamiento carcelario y ayudará a aliviar la crítica situación de las cárceles del país. Aunque ya fue aprobado por la plenaria de la Cámara, habrá que esperar si el Senado mantiene todas sus disposiciones.
A pesar de que el trámite de este proyecto de ley lleva varias semanas en el Congreso, la ministra de Justicia, Ruth Stella Correa se mostró tranquila.
“Es un debate responsable donde se ha evidenciado el interés de todo el Estado en garantizar los derechos tanto de la ciudadanía como de la población privada de la libertad”, declaró.
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