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Así será el pulso en la Corte por el Marco Legal para la Paz

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20 de julio de 2013
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La Corte Constitucional reconoció que el debate sobre la viabilidad del Marco Jurídico para la Paz es el “más importante de los últimos años” en materia constitucional y por eso convocó a una audiencia pública el próximo 25 de julio. Esta será vital, pues de las exposiciones depende en parte el futuro de la norma: si la avala como está, la modula o la declara inconstitucional.

La coyuntura del proceso de paz se traduce en el modelo de justicia transicional a adoptar y, por lo tanto, en cómo se direccionan a los órganos encargados de investigar y judicializar conductas violatorias de los derechos humanos y cómo será el tema de verdad, justicia y reparación que exigen las víctimas.

El Acto Legislativo 01 de 2012 fue aprobado en junio y demandado en diciembre por la Comisión Colombiana de Juristas, CCJ, por considerar en últimas que va en contravía del deber constitucional de garantizar los derechos de todos los colombianos, al estimar que se dejarán de investigar violaciones a los derechos humanos.

Esto porque se dice expresamente que se perseguirán los máximos responsables de estas conductas y porque se faculta al Congreso de la República para que, a la hora de reglamentar la Reforma con leyes estatutarias, cree criterios de selección de casos que necesariamente excluyen a algunos.

“Al autorizar la renuncia a la investigación y el juzgamiento de responsables de violaciones graves de DD.HH. e infracciones graves al DIH se afecta, necesariamente, tal deber general de investigar, pues quedaría a disposición del Congreso autorizar la renuncia a lo que hasta hoy había sido un deber jurídico indisponible”, señala la demanda.

El director de la CCJ, Gustavo Gallón, explicó a Colprensa que su motivación no es otra que contribuir al éxito de la paz y que se corrija un marco jurídico que en su criterio es inadecuado para ese fin, porque “se renuncia” a investigar y por tanto “se autoriza” a dejar en la impunidad graves violaciones de los derechos humanos.

El Gobierno Nacional, mediante la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, dijo a la Corte Constitucional, en marzo pasado, que investigar caso por caso antes de dictar justicia, genera impunidad porque no satisface los derechos de las víctimas y sobrecarga el aparato judicial y como ejemplo puso el proceso que enmarca la Ley de Justicia y Paz.

“Lo más grave es que el enfoque investigativo que se había venido implementando no permitía a la Fiscalía General de la Nación concentrar sus esfuerzos y recursos en los casos de los "máximos responsables" ni esclarecer patrones y contextos de victimización, impidiendo el esclarecimiento de la verdad y la desarticulación definitiva de los grupos armados ilegales y de los aparatos criminales que los financiaron y soportaron”, señala el memorial conocido por Colprensa.

De acuerdo con el Gobierno Nacional, los mecanismos de justicia transicional están pensados para la satisfacción integral de los derechos de las víctimas, y no para la resolución penal de cada violación a los derechos humanos, con el fin de abarcar derechos colectivos para la paz, la justicia y la no repetición.

“Si bien es cierto que el Acto Legislativo permitiría no juzgar a "todos" los responsables ni investigar "todos" y cada uno de los hechos cometidos en el conflicto armado, lo que no es cierto es que éste no permita satisfacer los derechos de todas las víctimas”, dijo el Gobierno.

El fondo es la misma posición que ha adoptado el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, en el sentido de poder establecer patrones y sistemas que permitieron la comisión de crímenes, que todas las víctimas sean reparadas integralmente y que todas las víctimas puedan acudir a los procesos en su contra. Para ese fin, se creó en el Ente Acusador la Unidad de Análisis y Contextos en noviembre de 2012.

No obstante, el proceso de priorización y selección tiene sus contradictores. Gallón señala que la selección va en contra del sentido de la Constitución y que la priorización de casos es factible siempre y cuando signifique un orden de investigación y no una renuncia a la misma.

“¿Por qué no juzgar a los “menores” responsables que pudieron haber masacrado, descuartizado y matado a cualquier cantidad de gente?”, señaló Gallón.

Sobre esto, el fiscal Montealegre ha dicho en varias oportunidades que el deber de investigar y acusar graves violaciones de derechos puede ser ponderable cuando entra en colisión con el derecho a la paz, que debería adoptar una mayor importancia.

Precisamente en mayo pasado, en un debate que enfrentó al Fiscal Montealegre con el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, el primero le dijo al segundo que el modelo de la Ley de Justicia y Paz fracasó y que no se pueden juzgar a todos los responsables por ser una premisa contraria a la justicia colombiana y al conflicto interno.

"Vamos a sacrificar la paz por la utopía de investigar, acusar y juzgar absolutamente a todos los responsables y a todas las graves violaciones de derechos humanos", dijo Montealegre en aquella ocasión.

Ahora bien, la audiencia de la Corte podría convertirse una vez más en un pulso más político que jurídico entre el Procurador y el Fiscal, quienes se han enfrentado públicamente en múltiples ocasiones. Pero no por cualquier cosa, ya que la posición del Procurador ha jalonado a un sector político abiertamente en contra del proceso de paz.

Ordóñez, como jefe del Ministerio Público, en su deber constitucional, envió un concepto a la Corte pidiendo que tumbe algunas expresiones del Marco Jurídico, por considerar que se renunciará a investigar “crímenes de lesa humanidad, genocidio, o crímenes de guerra que no sean cometidos por “máximos responsables” o “de manera sistemática”.

En su criterio, esto no significa otra cosa que impunidad y no ha guardado calificativo alguno. No solo dijo que se trata de “una caricatura”, sino que ha advertido que acudirá al Sistema Interamericano de Derechos Humanos para que se pronuncie cautelarmente sobre este tema.

“Afirmo y me reafirmo que el marco jurídico para la paz genera impunidad. Lo que se plantea es una caricatura (…) Creo que no deben haber ni amnistías encubiertas para las Farc ni amnistías para militares que están incursos en ‘falsos positivos’. Yo creo que no debe haber impunidad ni para los unos ni para los otros", señaló en su momento Ordóñez.

La disputa jurídica de fondo entre el Procurador y el Fiscal versa sobre modelos de justicia pero ha servido para que uno y otro se acusen entre sí de “radicales”.

Y, en el Congreso de la República, el senador que encabezó este debate, Roy Barreras, está de acuerdo con el Fiscal General al indicar que se trata de “una avenida constitucional para que aterrice la paz”, que permitirá justicia, verdad y reparación en este proceso de paz, cosa que -dijo- no sucedió en los procesos con el M-19 o el EPL.

Impunidad es lo que hay hoy por el colapso de Justicia y Paz. La priorización y la selección garantiza el desmantelamiento de las organizaciones”, dijo Barreras al indicar que lo que quiso hacer el Congreso fue crear un mecanismo que propicie la paz y no la impunidad.

Otra voz que apoya el Marco Jurídico para la Paz, tal y como está, es el Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, quien estimó que en ningún caso se renuncia a investigar y sancionar las graves violaciones a los Derechos Humanos.

No significa que con ello se vaya a generar o promover la impunidad sino que se trata de un mecanismo de gestión de la acción penal que ha sido utilizado en diferentes tribunales internacionales que han conocido y sancionado violaciones a los DD.HH. e infracciones al DIH, ocurridas en situaciones de conflicto armado”, indicó en su momento.

El propio Gobierno Nacional planteó a la Corte un elemento que al parecer no habría tocado a fondo la demanda de la CCJ y es que el Marco Jurídico de la Paz se planteó en esa lógica y no dentro las instituciones ordinarias.

“Las instituciones introducidas por el Acto Legislativo no se incorporan al sistema judicial ordinario como herramientas adicionales de contenido sancionatorio penal, sino que crean un régimen autónomo, de contenido "excepcional", como lo dice el propio artículo 1, destinado "a facilitar la terminación del conflicto armado interno y el logro de la paz estable y duradera, dijo el Gobierno.

Y planteó precisamente que la Corte Constitucional cuando trató la Ley de Justicia y Paz estimó que la paz es un valor prominente dentro de la Constitución y que la tensión entre esta y los derechos de las víctimas puede resolverse a través de una ponderación entre ambos de manera que la paz no sea inalcanzable.

Gallón no obstante estima que se trata de una herramienta inadecuada y errónea y que no es la única vía, ni la única fórmula jurídica para alcanzar la paz en el país.

Así, la audiencia en la Corte Constitucional será un pulso de fondo sobre la adopción de un modelo de justicia transicional. Aunque los argumentos parecen ya inflexibles por parte de quienes expondrán ante la Corte Constitucional, la integrante de la Comisión de Paz del Congreso, Ángela María Robledo, explicó que sin duda “servirá para darle mayor legitimidad al proceso de paz”.

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