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El Tribunal Superior de Bogotá negó este domingo el recurso de Hábeas Corpus que tenía como finalidad verificar la legalidad de la captura de “Jesús Santrich” y que se le otorgara la libertad inmediata.
La magistrada de la sala civil, Clara Inés Márquez, determinó que a la Fiscalía no se le han vencido los términos para formalizar la solicitud de extradición del excabecilla de las Farc por lo que no hay lugar a que se le otorgue la libertad.
El recurso fue interpuesto el pasado viernes por Gustavo Gallardo, abogado penalista y quien defiende los intereses de Santrich. Para este, la forma como la Fiscalía General de la Nación adelantó la solicitud de la corte estadounidense fue “extremadamente rápida”, actitud que calificó como el desencadenante de una serie de fallas que hacen ilegal la detención de Santrich. Además dijo que se “ha generado una prolongación indebida de la restricción efectiva de la libertad”.
Para el Tribunal Superior de Bogotá no se han vencido esos términos para que se formalice la solicitud de extradición del exjefe de las Farc ‘Jesús Santrich’, por no hay lugar a que se le otorgue la libertad.
Además, el Tribunal determinó que no se ha iniciado el trámite de extradición, motivo por el cual no corresponde la remisión del proceso a la Jurisdicción Especial para la Paz.
“En consecuencia, si bien los Estados Unidos, según lo informó el ente acusador no ha formalizados la solicitud de extradición para que el caso sea remitido a la JEP, lo cierto es que los términos que contempla la norma descrita no han fenecido, ergo, la actual aprehensión del señor Seuxis Paucias está justificada”, agrega.
De acuerdo con el fallo del Tribunal, el señor Santrich seguirá privado de la libertad, en cumplimiento de los trámites establecidos por la ley.
Fiscalía no ha legalizado su captura
A pesar que la captura de Santrich fue el lunes pasado, por delitos relacionados con narcotráfico, el Fiscal General de la Nación no ha legalizado su captura, a pesar de tener solo cinco días para ese procedimiento. Se conoció que este proceso no se ha llevado a cabo debido a que al ente investigador no ha llegado la documentación requerida para cumplir con dicho proceso.
Para realizar la legalización de captura del exmiembro del grupo guerrillero, el fiscal debe estudiar los informes hechos por el CTI de la Fiscalía, del mismo modo el Gobierno estadounidense debe proporcionar una serie de papeles en los que se evidencian los motivos por los cuales fue detenido. Una vez la documentación sea remitida a la Fiscalía, el jefe del ente acusador deberá proceder con el trámite.
Tras esto, las autoridades de Estados Unidos tendrán 60 días para formalizar la solicitud de extradición del exnegociador de las Farc.
Una vez se lleve a cabo este proceso, añadió la Fiscalía, la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) deberá emitir un concepto en el que defina si los hechos sobre los cuales se tienen pruebas, fueron cometidos tras la firma de los acuerdos de paz con el Gobierno Nacional, es decir, si se dieron con posterioridad al primero de diciembre de 2016.
En caso de que el concepto de la JEP determine que es la justicia ordinaria la encargada de llevar el proceso, esto en caso de que los delitos hayan sido cometidos con posterioridad a la referida fecha, la Corte Suprema de Justicia deberá realizar el respectivo estudio a la solicitud de extradición presentada por los Estados Unidos.
Finalmente, la decisión quedará en manos del presidente de la República. Al respecto, el presidente Juan Manuel Santos fue claro al afirmar que “si cumplido el debido proceso –y con pruebas irrefutables— hay lugar a la extradición por delitos cometidos después de la firma del Acuerdo, no me temblará la mano para autorizarla, previo el concepto de la Corte Suprema”, dijo el mandatario.