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El vertiginoso ascenso de sueldos de pilotos de Avianca en cuatro años

En 2013 el capitán de un Airbus A330 devengaba $11,13 millones. Si se concediera la exigencia del pliego de peticiones ganaría $28,12 millones.

  • Atención al público de Avianca en el aeropuerto José María Córdova de Rionegro. FOTO JULIO CÉSAR HERRERA
    Atención al público de Avianca en el aeropuerto José María Córdova de Rionegro. FOTO JULIO CÉSAR HERRERA
Rápido ascenso de sueldos de los pilotos de Avianca
26 de septiembre de 2017
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En un 152,46 % se aumentaría el salario de los pilotos que en Avianca están a cargo de los catorce aviones Airbus A330, con respecto a la remuneración que tenían hace cuatro años.

Esto ocurriría de aprobarse y concederse el pliego de peticiones que la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac) radicó el pasado 8 de agosto ante el Ministerio de Trabajo.

Y es que la convención colectiva suscrita para los años 2009-2013 por los pilotos y la empresa estableció que los aviadores de las aeronaves A330 y Boeing 787 tendrían un salario global de 11,13 millones de pesos.

En la cláusula 201 del petitorio, Acdac consigna que los comandantes de los A330 deben devengar mensualmente 28,12 millones de pesos. Además, establece unas categorizaciones semejantes a las que emplean otras empresas de Avianca Holding en Perú, Brasil, Ecuador, Argentina, México y Centroamérica, en las que aparecen pilotos y copilotos sénior y junior (ver gráfico).

Cifras de la industria aeronáutica conocidas por EL COLOMBIANO señalan que la asignación salarial de un piloto de esta categoría es de unos 27 millones de pesos.

Aunque este diario intentó conocer las remuneraciones vigentes entre Avianca y sus pilotos, ni la compañía, ni sus sindicatos (Acdac y Organización de Aviadores de Avianca) accedieron a revelarlas.

Instauran demanda

Durante el sexto día de huelga, se conoció que Avianca radicó ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, la declaratoria de ilegalidad del cese de actividades adelantado por los pilotos pertenecientes a Acdac.

El capitán Eduardo Mendoza, vicepresidente de Operaciones de la compañía, argumentó que la Ley 336 de 1996 establece claramente que el transporte aéreo es un servicio público esencial.

Añadió que hay pruebas que demuestran los vicios de procedimiento en la convocatoria del sindicato, como el no haber indicado expresamente en la citación de la asamblea que la votación era para la convocatoria a huelga o no haber invitado a dicha asamblea a todos los trabajadores de la compañía.

La empresa también advirtió que de declararse la ilegalidad del cese de actividades se darían consecuencias en materia laboral, civil y penal, a todos aquellos que, excediendo la ley, convocaron y secundaron el cese de actividades.

Negociaciones lentas

A pesar de la demanda interpuesta por Avianca, las negociaciones con el sindicato, en procura de un acuerdo se mantuvieron, mientras la operación seguía restringida (ver Informe).

La ministra del Trabajo, Griselda Janeth Restrepo Gallego, manifestó que su acompañamiento dependerá de que efectivamente en esa instancia se vean mayores avances.

“He sostenido que la mesa tiene unos tiempos, y esos tiempos los van a dar los avances, en la medida en que las partes vayan mostrando progresos, pues, esta instancia va teniendo mayor oxígeno. Mientras permanezca este espacio de diálogo abierto, somos optimistas de que se lograrán acuerdos”, sostuvo la funcionaria.

1,53 %
cayó el precio de la acción preferencial de Avianca en la última semana.
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