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Coomeva EPS busca revocar cuatro sanciones de la Supersalud

  • Por supuestas fallas en la atención de sus afiliados Coomeva EPS recibió cuatro multas por parte de la Supersalud. FOTO: El Colombiano.
    Por supuestas fallas en la atención de sus afiliados Coomeva EPS recibió cuatro multas por parte de la Supersalud. FOTO: El Colombiano.
17 de enero de 2018
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Cuatro multas por 160 millones de pesos le impuso la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) a la entidad promotora de salud Coomeva EPS, por supuestas fallas en la atención de varios de sus afiliados.

Coomeva EPS reportó las sanciones ante la Superintendencia Financiera y anunció que agotará los recursos de ley buscando la revocatoria de las penalidades.

Según se informó, mediante Resolución PARL 002754, la Supesalud, a través de su Delegada de Procesos Sancionatorios, impuso una primera multa de 66 salarios mínimos mensuales legales vigentes (unos 51,5 millones de pesos) a Coomeva EPS, por presuntas demoras en la prestación del servicio de salud a dos de sus usuarios.

La segunda penalidad fue impuesta en la Resolución PARL 002788, que castiga a Coomeva EPS con 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (23,4 millones de pesos) por presuntamente imponer trámites adicionales a los exigidos por la Ley para la realización del proceso de corrección y devolución de aportes de cotizaciones, solicitado por una organización, cuyo nombre se mantuvo en reserva.

Igualmente, la Resolución PARL 002651, de la Delegada de Procesos Sancionatorios de la Supersalud, multó con diez salarios mínimos mensuales legales vigentes (7,8 millones de pesos) por observarse un presunto comportamiento no ajustado a las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y que involucró a personas en debilidad manifiesta y con protección constitucional.

Finalmente, la Resolución PARL 002763, sancionó con otros 99 salarios mínimos mensuales legales vigentes (77,3 millones de pesos) a Coomeva EPS por observar un presunto comportamiento no ajustado a las normas del SGSSS y que involucró a persona en debilidad manifiesta y con protección constitucional.

En todos los casos, la EPS insistió en que “no compartiendo lo decidido en el acto administrativo indicado, Coomeva EPS interpondrá dentro del término legal otorgado, los recursos de ley buscando su revocatoria”.

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