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IVA en plataformas digitales empezó a correr el primero de julio

La Dian aún no ha reglamentado cómo se debe declarar y cancelar el impuesto; pero las empresas deben aplicarlo.

  • Foto: Captura de pantalla
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Plataformas, a pagar IVA tras 18 meses de plazo
05 de julio de 2018
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El requerimiento del cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de 19 %, a las plataformas tecnológicas no es un asunto nuevo, de hecho provino como cambio originado en la reforma tributaria de 2016, la ley 1819; y la regulación aplica a todas las compañías que tengan su domicilio fuera del país.

Según explicó el asesor de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), Omar Rangel, las empresas han tenido 18 meses para ajustarse a la norma.

Las firmas domiciliadas en el exterior, incluidas las aplicaciones, están obligadas a cobrar el tributo desde el primero de julio; pero el pago de las compañías a la Nación llegará a partir de septiembre (pues el recaudo se hace bimestral).

“El Gobierno está contemplando ampliar este plazo a noviembre, para que tengan el tiempo suficiente de registrarse y adecuar sus sistemas y así cumplir con su obligación tributaria”, aclaró la entidad a través de un comunicado.

En caso de dudas, las compañías pueden revisar el artículo 476 de la ley 1819 que establece qué servicios están excluidos de pagar este tributo, entre ellos, los de cloud computing.

Si las empresas no pagan el IVA por cuenta propia, la Dian “podrá ordenar a los diferentes medios de pago que existen en el país que retengan directamente el impuesto (tarjetas de crédito y débito, tarjetas prepago, recaudadores de efectivo, entre otros)”, explicó Rangel. Eso sí, esta solicitud no exime de sanciones a las que haya lugar por cuenta del incumplimiento.

Para el profesor Luis Fernando Agudelo, de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Medellín, esta metodología no tiene “razón de ser”, que se retenga el tributo sin la claridad del proceso, pues no se han resuelto varios problemas del borrador de decreto que busca regular estos asuntos. Por ahora, lo cierto es que las compañías deben gravar el tributo y hacer el proceso normal de solicitud del RUT (Ver ¿Qué sigue?).

Afectación al consumidor

El servicio de transporte en Colombia no está gravado con IVA, pero la intermediación sí puede significar costo, tal y como lo ha explicado Santiago Rojas, director de la Dian, a medios de comunicación, por esto la medida aplicaría a plataformas como Uber y Cabify.

Juan Pablo Wills, director de impuestos para la región andina, Centro América y el Caribe de Uber, explicó que el cobro ya se realiza, aunque el usuario final solo siente el 7 % por cada viaje (que ya está previsto en un algoritmo de la compañía) y el restante lo asume la empresa; el conductor, que es quien paga por el servicio, seguirá asumiendo un costo de 25 %, pero recibirá de este porcentaje un desagregado con este tributo.

“Desde Uber aplaudimos todos los avances que permitan la incorporación de nuevas tecnologías, actualizando así los marcos regulatorios”, dijo el directivo.

A través de un comunicado de prensa, publicado el 20 de junio, Manuel Torres, director de Cabify en Colombia, aseguró que una de sus estrategias para competir es una disminución agresiva de precios; sin embargo, al preguntarle a la empresa por su posición frente al cobro de IVA, la compañía señaló que al no haber reglamentación prefiere no pronunciarse.

Netflix tampoco quiso opinar respecto a cómo se aplicará este impuesto ni cuándo, aunque es presumible que si por una pantalla prendida el costo del servicio es de 16.900 pesos, este aumentaría 3.211 pesos, para un total de 20.111 pesos.

Y Spotify cobra 14.900 pesos al mes por un perfil. Con el 19 % se sumarán 2.831 pesos, lo que implicará un pago total de 17.731 pesos.

¿Cómo funcionaría el pago?

De acuerdo con Rangel, lo que está haciendo la Dian es facilitar los puntos más importantes: inscripción entre RUT virtual (PQSR, a través de la página) y sobre los temas de declaración y pago la idea es “simplificar también los formularios más sencillos de diligenciar para ellos y un canal de pago para ellos”, aún se está trabajando en esta reglamentación y en una resolución que posibilitaría facilitar el pago a través de una cuenta internacional..

Infográfico
El empleo que busca está a un clic

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