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El Estado colombiano deberá responder ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CorteIDH, por la victimización que sufrieron tres integrantes de la familia Omeara Carrascal en 1994 en Aguachica, Cesar.
Todo se remonta al 29 de enero de 1994 cuando Noel Emiro Omeara Carrascal quedó herido en el atentado que sufrió José Herminson Sepúlveda Sarabia, quien era integrante del Movimiento de Acción Comunitaria, MAC, agrupación que fue víctima de una campaña de exterminio.
A pesar de que ayer se indicó de manera involuntaria que Omeara también hacía parte de ese movimiento, lo cierto es que este ni militaba ni simpatizaba con el MAC, sino que se encontró de manera casual con Sepúlveda Sarabia, quien era Secretario Privado de la Alcaldía, en un hecho fortuito que lo hizo víctima de la violencia.
Las heridas que sufrió derivaron en su fallecimiento y en el acoso que se cernió sobre el grupo político por las averiguaciones que emprendieron para dar con los responsables del atentado.
Según documentó la Comisión Colombiana de Juristas, CCJ, “por las averiguaciones que estaba adelantando el hijo del señor Noel, Manuel Guillermo Omeara Miraval, fue desaparecido el 27 de agosto de 1994 y luego se encontraría su cuerpo sin vida y con señales de tortura el 23 de septiembre del mismo año en zona rural de San Martín”.
A esto se sumó que el suegro de Manuel, Héctor Álvarez Sánchez, fue objeto de un atentado el 21 de octubre de 1994 en Aguachica que lo dejó cuadripléjico y con graves trastornos en su salud física y mental.
Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, a pesar de los serios indicios de responsabilidad de agentes estatales y miembros de grupos paramilitares, el Estado no logró acreditar que hubiese investigado de manera seria, oportuna y exhaustiva tales indicios pues se han presentado múltiples demoras que implican que 22 años después el crimen siga sin esclarecerse.
La Fiscalía General de la Nación declaró como de lesa humanidad el homicidio de José Herminson Sepúlveda Sarabia, integrante del MAC, una medida que abarca el caso del señor Noel Emiro Omeara Carrascal quien no era militante sino que resultó herido en los hechos.
Esta decisión de la Fiscalía fue producto de la apelación interpuesta por la Comisión Colombiana de Juristas en contra la resolución del 3 de febrero de 2014 de la Fiscalía 44 de la Unidad de Derechos Humanos y DIH de Bucaramanga que decidió inhibirse de continuar con la investigación.
En ese momento, la Fiscalía estimaba que este caso no era de lesa humanidad y que al pasar más de veinte años, el crimen podría prescribir.
Lo que dice la Cidh
En cuanto a lo sucedido a Noel Emiro Omeara Carrascal, la CIDH concluyó que el Estado incumplió su deber de protección y que además existen suficientes elementos para concluir que existió colaboración de agentes estatales.
En cuanto a la desaparición y posterior ejecución de Manuel Guillermo Omeara Miraval, la Comisión determinó que fue privado de libertad por personas pertenecientes a un grupo paramilitar que operaba en la zona y encontró múltiples indicios de participación estatal en los hechos, por lo que determinó que el crimen es atribuible al Estado. Además, se determinó que fue torturado.
Sobre el atentado y muerte de Héctor Álvarez Sánchez, la CIDH determinó que el Estado no le brindó la protección que requería, lo que permitió que miembros de un grupo paramilitar le dispararan, dejándolo parapléjico e imposibilitado para hablar, falleciendo posteriormente. Aquí, dice la Comisión, “el Estado no logró desvirtuar los múltiples indicios sobre su responsabilidad por los vínculos con los grupos armados ilegales que cometieron estos hechos”.
La Comisión señaló que ya en el informe de fondo sobre este caso, se había recomendado al Estado colombiano que reparara integralmente a los familiares de las víctimas por los daños sufridos, que dictara medidas para su protección y que se hiciera una pronta investigación teniendo en cuenta los parámetros de contextos y patrones de actuación conjunta entre agentes estatales y grupos armados ilegales.
No obstante, la Comisión Interamericana consideró que Colombia no cumplió con esas recomendaciones y por eso envió el caso a la Corte Interamericana.