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Corte pone reglas a la entrada a viviendas que permite el Código de Policía

  • Existen varias demandas aún pendientes del Código de Policía. FOTO COLPRENSA
    Existen varias demandas aún pendientes del Código de Policía. FOTO COLPRENSA
06 de abril de 2017
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En la Sala Plena de la Corte Constitucional se fallaron dos demandas contra el Código de Policía, que modifican y ponen condiciones especiales a los artículos que permiten el ingreso de la fuerza pública a viviendas sin orden judicial y condicionan el uso del espacio público.

Frente al artículo 163 del Código, el alto tribunal dejó en firme la posibilidad de que la Policía entre a una vivienda sin orden judicial, sin embargo mandó al Congreso a reglamentar en los próximos dos años un control posterior a los ingresos que realice el personal de esta institución.

Este control, a cargo de un juez, verificará que no se presenten abusos en los ingresos a las viviendas y que la justificación se ajuste a los seis escenarios en los que se permite hacerlo:

1. Para socorrer a alguien que pida auxilio.

2. Para extinguir un incendio o conjurar cualquier situación de peligro similar.

3. Para cazar a un animal rabioso o feroz.

4. Para proteger los bienes de personas ausentes, cuando personas extrañas han ingresado.

5. Cuando desde el una propiedad se atente u obre en contra de otra persona que está en vía pública.

6. Para evitar que se manipulen pólvora o artefactos explosivos similares.

Frente a las ventas ambulantes

En la demanda contra el artículo 140, que habla del cuidado e integridad del espacio público, la Corte Constitucional ordenó que no se afecten las personas de especial protección ni la protección de la confianza legítima de las personas, que se presenta cuando las autoridades han permitido el uso del espacio público.

En ese sentido, los vendedores informales que han usado un espacio público por mucho tiempo, con permiso o complacencia de las autoridades, no podrán ser retirados hasta que no se generen planes para reubicarlos.

En ese sentido, la Corte llamó a las alcaldías de Colombia a generar planes para estos comerciantes en los que se garantice su sostenibilidad, pues el artículo aún permite el desalojo de quien esté asentado en espacio público.

Estas son apenas las primeras demandas que se resuelven sobre el Código de Policía, pues en carpeta aún 22 que esperan a ser consideradas en los tribunales del país.

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