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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena a 30 años impuesta a dos uniformados de la Fuerza Área Colombiana, FAC, implicados en el bombardeo al caserío de Santodomingo, del municipio de Tame, Arauca, el 13 de diciembre de 1998, en el que fallecieron 17 personas (incluidos seis niños) y otras 27 quedaron heridas.
Al estudiar un recurso de casación, la Corte confirmó la condena impuesta por el Tribunal Superior de Bogotá en 2011 en contra del piloto César Romero Padilla y el copiloto Johan Jiménez Valencia, por el lanzamiento de una bomba tipo clúster, compuesta por seis bombas de fragmentación sobre el caserío, desde un helicóptero Bell UH-1H de matrícula FAC-4407.
Estos hechos se remontan al 12 y 13 de diciembre de 1998 cuando ocurrieron una serie de combates entre las Fuerzas Armadas y las Farc y, por los mismos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, condenó al Estado colombiano en 2012.
La sentencia de la CIDH se dio por la violación al derecho a la vida, la integridad personal y por la violación al deber de proteger a niños y niñas, todo por el uso de dicha bomba.
En este caso se señaló que su lanzamiento en un área habitada, dada la capacidad letal y precisión limitada, “era contrario al principio de precaución del Derecho Internacional Humanitario”.
Dicha sentencia ordenó brindar un tratamiento integral en salud a las víctimas y realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, evento que se realizó apenas el pasado 31 de agosto, luego de que un fallo de tutela de la Corte Constitucional obligara al Estado a cumplir con la orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Por este caso, la Fiscalía lleva otras investigaciones contra los oficiales de la Fuerza Aérea Germán David Lamilla Santos y Sergio Andrés Garzón, quienes alcanzaron a estar presos cinco meses por una medida de aseguramiento que luego fue revocada.