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Acuerdo de paz con Farc no podrá ser modificado en 12 años

  • Según la Corte, el acuerdo de paz con las Farc no se podrá modificar por 12 años. FOTO ARCHIVO COLPRENSA
    Según la Corte, el acuerdo de paz con las Farc no se podrá modificar por 12 años. FOTO ARCHIVO COLPRENSA
11 de octubre de 2017
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La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló por unanimidad el blindaje jurídico del Acuerdo de Paz, que establece el Acto Legislativo 02 de 2017, y que señala que los próximos tres periodos presidenciales completos tienen que respetar los mandatos del acuerdo de paz.

La Corte precisó que el Acuerdo de Paz en sí mismo no puede ser considerado un mandato constitucional, ni hará parte de la Constitución, ya que es un acuerdo de índole político. No obstante, sí es referente obligatorio para todas las normas que se expidan para implementar el Acuerdo de Paz.

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Luis Guillermo Guerrero, explicó que con esta determinación se protege la estabilidad jurídica del Acuerdo, pero se fijan precisiones importantes sobre cuál debe ser la forma de interpretar esta reforma.

“El Acuerdo no tiene en sí mismo un valor normativo, sino que requiere su incorporación a la Constitución a través de reformas constitucionales, leyes aprobadas por el Gobierno y los decretos”, señaló.

Preguntado sobre si los próximos tres gobiernos pueden modificar las leyes que ya se han expedido para implementar el Acuerdo de Paz, el magistrado explicó que hay elementos que ya no se pueden desconocer ni modificar.

“No cabe pronunciarnos sobre elementos hipotéticos, sobre qué es lo que va a ocurrir, lo que sí es cierto, es que hay un margen de apreciación en los órganos de deliberación política y no puede desconocerse que estamos en medio de un proceso, de una transición hacia la paz, que hay un Acuerdo que está suscrito y que debe haber una correspondencia con esa realidad”, dijo.

El magistrado señaló que “el país no puede ser ajeno hoy a esa circunstancia, eso es lo que pretende el Acto Legislativo, dar estabilidad al Acuerdo, y la Corte señaló que esa estabilidad es necesaria, pero que se debe dar en algunas circunstancias”, señaló.

Aunque la Sala estudió una ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero, que pedía tumbar dos expresiones de ese Acto Legislativo, se llegó a un acuerdo para hacerle unas modificaciones y así mantener incólume ese Acto Legislativo.

En palabras sencillas, esta decisión implica que no sería posible para un próximo gobierno “hacer trizas el Acuerdo” ni modificar lo ya implementado. Si esto llega a pasar, en todo caso, la Corte Constitucional tendría que hacer su revisión a dichas posibles reformas.

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