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En la cruzada que ha emprendido el país y el mundo para blindar a las mujeres de los delitos sexuales, de tal modo que el agresor no pueda eximirse de culpas por cuenta de la habilidad de su abogado defensor, se han dado debates polémicos en torno al concepto de consenso al momento de juzgar lo que presuntamente pueda ser un abuso o una violación.
El último concepto lo dio la semana pasada el Consejo de Estado, que llamó la atención de las autoridades en el manejo del caso de un hombre acusado de violación contra una menor de edad, que fue absuelto y demandó a la nación por el tiempo que estuvo privado de su libertad.
En el caso, ocurrido en Huila, el acusado habría llevado a una menor de 15 años a su vivienda y tras aparentemente emborracharla, tuvieron un encuentro sexual. Posteriormente, la afectada interpuso una denuncia por violación al considerar que fue forzada al acto. Sin embargo, tras cuatro meses encarcelado, fue absuelto por considerar la justicia que no existían pruebas suficientes para su condena.
Añade en las consideraciones de la sentencia que, aunque la menor dijo “no” ante la inminencia del acto sexual, a juicio de la Fiscalía y del Juzgado, eso insuficiente para considerar que la relación no fue consentida, pues debió oponer fuerza.
En este punto es conveniente aclarar que el Consejo de Estado es un alto tribunal que tiene, dentro de sus funciones, la resolución de casos en los que esté enfrentada la nación y sus intereses. Es también última instancia.
Por ello, al negar las pretenciones de la demanda del hombre absuelto, enfatizó en el error de las autoridades pues la simple negación era suficiente para que este se abstuviera de continuar con sus acercamientos.
En ese orden de ideas, el tribunal consideró “inaceptable” la forma en la que las autoridades manejaron la investigación, “al punto que conciben que el que una mujer menor consienta en ir a la morada de un hombre significa, de suyo, que acepta y propicia la relación sexual”.
Más allá del cuestionable manejo del caso, a juicio de Francisco Bernate, abogado experto en temas penales, la postura del Consejo de Estado consolida lo que es ya tendencia universal frente a lo que se debe entender como la aceptación frente a una relación sexual. “Los abogados aún acuden a este tipo de argumentos, como el consentimiento, en la defensa de los acusados y es importante que se reitere una y otra vez”.
Sin embargo, fue enfático en que eso “ya estaba decantado en Colombia. Nuestro país ya había abandonado este tipo de posturas”.
A su vez, el abogado experto en responsabilidad civil, Maximiliano Aramburu, recalcó que en aras de proteger a la nación de demandas por detenciones preventivas, las autoridades no pueden acudir de forma tan inmediata a enviar a prisión a un acusado.