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Si bien el nuevo Código de Policía empezó a regir en todo el país desde el primero de febrero de este año, solo hasta el primero de agosto empezarán a regir las sanciones económicas por incumplir alguna de las 243 normas aprobadas en la Ley 1801 de 2016.
Entre los 243 artículos que se aprobaron el año pasado, los que más preocupan y polémica han causado son los relacionados con las multas que tendrán que pagar los ciudadanos por acciones que algunos veían como normales, como tomar licor en vía pública, o infracciones que se pasaban por la faja como no ponerle bozal al perro o no recoger el excremento de las mascotas.
Por ejemplo, solo en Medellín fueron impuestas más de 5000 órdenes de comparendo desde que empezó a regir el nuevo Código, la mayoría por consumo de licor y sustancias psicoactivas en lugares públicos, mal manejo de animales de razas potencialmente peligrosas y riñas en las calles.
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A continuación Colprensa presenta las principales infracciones y sanciones económicas que entrarán a regir:
1. Serán multados quienes realicen necesidades fisiológicas en el espacio público, la sanción que establece el nuevo Código es de $786.880.
2. Habrá multas para aquellos infractores que arrojen a las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvia cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodo, combustibles o lubricantes, que alteren u obstruyan su normal funcionamiento.
3. Si el dueño de una mascota no recoge los excrementos, o permite que su animal esparza parcial o totalmente el contenido de bolsas y recipientes de basura en el espacio público o zonas comunes, tendrá que pagar $98.360.
4. No ponerle un collar o bozal a perros potencialmente peligrosos o si el dueño, en estado de embriaguez o bajo la influencia de otras sustancia, pasea el animal, serán motivo de una multa de $196.724.
5. Aquellas personas que consuman sustancias alcohólicas, psicoactivas o prohibidas en el espacio público, lugares abiertos al público, o que siendo privados trasciendan a lo público, recibirán una multa de $196.725
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En los casos de la Multa General Tipo 1 y Tipo 2, como las anteriormente mencionadas, la persona tendrá cinco días hábiles para solicitar a la autoridad de Policía conmutar la multa por la participación en el programa comunitario o actividad pedagógica.